El Supremo ratifica que los areneros de Güímar tienen que pagar 185 millones
Rechaza los recursos interpuestos por Antonio Plasencia y José Enrique Morales y por el Ayuntamiento de Güímar
La sentencia ratifica así las condenas de la Audiencia Provincial del año 2021, que obliga a pagar la restauración de los barrancos
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo desestima los recursos de los empresarios contra las condenas de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que les obliga a pagar 185 millones de euros para restaurar el daño causado por las canteras de extracción de áridos que realizaron en los barrancos de Güímar. Además, el TS mantiene que el Gobierno de Canarias y el Cabildo de Tenerife son las administraciones que cobrarán la indemnización, por lo que rechaza la petición del Ayuntamiento de Güímar de ser incluido entre los beneficiarios.
El Supremo secunda la imposible ejecución del plan de restauración propuesto por los empresarios debido a que los informes técnicos determinaron la inviabilidad de su ejecución, tal y como concluyó la Audiencia Provincial. El TS considera "absolutamente claro" que lo que plantearon los areneros (rellenar los huecos de las canteras) "supondría un impacto ambiental de tales dimensiones que superaría con mucho los limitados beneficios de todo orden que podrían obtenerse. Sin lugar a dudas, se podría hablar de una auténtica catástrofe ambiental con múltiples consecuencias".
La sentencia del TS no es recurrible, por lo que culmina un proceso judicial que comenzó en el año 2005
La sentencia, emitida el pasado día 16, persiste en la exclusión del Ayuntamiento de Güímar como beneficiario de la indemnización que deberán pagar los empresarios con el argumento de que "al extenderse el desastre ecológico más allá de un municipio y sopesando la actuación global que a tener la total restauración, hace razonable que la indemnización se ponga en manos de organismos con cobertura para toda la Isla, como encargados de gestionar y centralizar las labores de restauración".
Con esta sentencia, contra la que no cabe recurso, el Tribunal Supremo pone punto y final a un proceso que comenzó hace 18 años (2005). El 15 de mayo de ese año fue cuando el abogado Carlos Álvarez presentó la querella que dio origen al caso áridos de Güímar, en nombre de Jesús Segundo Jorge Díaz y de Francisco Hernández Armas.
El 28 de enero de 2016, fueron condenados los empresarios Antonio Plasencia, José Enrique Morales y Pedro Sicilia, tras un acuerdo con la Fiscalía que evitó penas de prisión. No fue así para Francisco del Rosario, otro de los empresarios implicados, que el 4 de abril del mismo año fue condenado, en la misma causa.
El 29 de octubre de 2020, la Dirección General de Lucha contra el Cambio Climático y Medio Ambiente del Gobierno de Canarias emitió un informe vinculante que determinó la inejecución de los planes de restauración de las canteras promovidos por los condenados. Sería el 18 de enero de 2021 cuando la Sección Segunda de la Audiencia Provincial determinara la imposibilidad de restaurar el orden perturbado en los barrancos de Güímar y pide un peritaje de los daños causados para que los causantes paguen. Los 185 millones que ahora el Tribunal Supremo ratifica que deben pagar.
Contra esta sentencia no cabe recurso y el Tribunal Supremo, además, condena al pago de las costas a los empresarios Antonio Plasencia y José Enrique Morales, así como al Ayuntamiento de Güímar.
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