La limitación a la compra de viviendas en Canarias por extranjeros tiene precedentes en la UE

Malta, Finlandia y Dinamarca incluyeron en sus tratados de adhesión restricciones a la adquisición de casas

La medida precisa del aval de España, que se lo negó en 2023 a Baleares

Dos mujeres contemplan un escaparate de una inmobiliaria.

Dos mujeres contemplan un escaparate de una inmobiliaria. / José Pérez Curbelo

La limitación de la venta de viviendas a extranjeros, a la que aspira Canarias, cuenta con precedentes en la Unión Europea. Malta, Dinamarca y en Finlandia las islas de Åland tienen restricciones a la compra de casas por parte de no residentes. No obstante, fueron excepciones que se incluyeron en sus respectivos tratados de adhesión a la Unión Europea. Es decir, se negociaron en los tratados antes de ser parte de la UE y no después. España se sumó al club europeo sin ningún tipo de especificidad, y, en consecuencia, Canarias tampoco, pese a que tiene un plus al ser reconocida como región ultraperiférica (RUP) en el artículo 349 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Precisamente el encaje específico de Canarias en la UE, por su la lejanía e insularidad, es la baza que va a usar el Gobierno canario en su intención de limitar la adquisición de viviendas por parte de extranjeros. En línea con lo que plantea el candidato de CC a las elecciones europeas del 9 de junio, Carlos Alonso, el presidente del Gobierno, Fernando Clavijo, considera que Canarias tenía que plantear en algún momento esta propuesta. «Tenemos la obligación de cambiar las cosas. Lo que sí sé es que si no lo intentamos, no lo conseguimos» aseguró el presidente.

El 'no' del Gobierno de Sánchez a Baleares

Para Carlos Alonso, en la estructura del derecho comunitario hay grietas y Canarias puede colarse en esas rendijas blandiendo sus singularidades como RUP. Pero para ello, necesitan previamente el respaldo del Gobierno de Pedro Sánchez, que en 2023 rechazó la propuesta del Ejecutivo balear, presidido entonces por la socialista Francina Armengol, de limitar la compra de viviendas a los no residentes.

Entonces, el Ejecutivo central se limitó a recordar que el artículo 63 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea prohíbe «todas las restricciones a los movimientos de capitales entre Estados miembros y entre Estados miembros y terceros países». Añadió que esta «libertad de circulación» de capitales «ampara el derecho de los ciudadanos europeos a adquirir segundas residencias en otro Estado de la Unión». En este sentido, el Ejecutivo de Sánchez recordó que «cualquier restricción por razones de orden público o de seguridad pública deberá ser necesaria, proporcionada y no discriminatoria».

El Gobierno canario dará la batalla

Para el portavoz del Gobierno canario, Alfonso Cabello, la diferencia con Baleares es que Canarias tiene ese estatus específico en la UE como región ultraperiférica que permite modular las políticas comunes en las RUP. «Nosotros vamos a empezar a dar la batalla, y este es un camino que hay que ir andando y es imparable», asevera Cabello, que expone que es un proceso que requiere participación ciudadana y política.

En Canarias alrededor de un tercio de las casas que se venden las adquieren no residentes, sobre todo ciudadanos de países de la UE, situándose entre las tres comunidades autónomas con mayor proporción de venta de inmuebles por parte de foráneos junto a Baleares y Comunidad Valenciana.

Expertos y académicos advierten que plantear restricciones a la venta de viviendas a extranjeros requiere de argumentos bien justificados y tasados ante la Comisión Europea y España. La imposición de limitaciones a ciudadanos extracomunitarios siempre sería más factible que a comunitarios, que tienen los mismos derechos que los canarios y los peninsulares para adquirir una propiedad en cualquier territorio de la UE.

Los socialistas se oponen

Hay quienes creen que las limitaciones a los comunitarios es inviable, pero otros expertos consideran que es posible. El eurodiputado socialista y catedrático de Derecho Constitucional, Juan Fernando López Aguilar, que concurre de nuevo a las elecciones del 9 de junio, es del grupo de los primeros. «No se puede impedir que un alemán o un francés compre en Canarias como tampoco que los canarios compren, por ejemplo, en Holanda; no es aceptable», remarca.

Cree que lo que se ha de hacer «es explorar todas las vías a través de buenas prácticas y de buenas políticas, y con la defensa de la singularidades de Canarias para intentar poner orden a este desorden que está causando tanto daño al acceso a la vivienda de los jóvenes, por el desmadre de los alojamientos turísticos y de que todo sea explotación turística».

Plantea defender en la UE más fondos estructurales y de recuperación, además de hacer permanente en el tiempo los fondos Next Generation de la UE y el plan de recuperación para financiar políticas sociales, sin que ello compute como deuda ni como déficit. Y establecer medidas para evitar que los «fondos buitre» se apoderen de viviendas, así como el control a los «grandes tenedores» –cualquier persona física o empresa que sea titular de más de 10 inmuebles urbanos–.

La condición RUP, la baza de Canarias

El profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna, Fernando Ríos, es de los expertos que creen que sí se puede limitar la adquisición de vivienda a los comunitarios, porque «a los no comunitarios obviamente se puede hacer por ley sin mayor problema», recalca.

En cuanto a los comunitarios señala que afectaría también al resto de los españoles no residentes en Canarias. Y ese es quid de la cuestión: que tengan o no la consideración de residentes en las Islas. Recuerda que ya en la UE hay algunas excepciones a la compra de vivienda por parte de no residentes como es Finlandia para las islas de Åland, Malta, y Dinamarca, además de Croacia, por un periodo máximo de ocho años pero para tierras forestales y agrícolas.

En estos casos se establecen limitaciones a los no residentes, con independencia de la nacionalidad, pero es cierto, expone, que estas restricciones se incluyeron en sus tratados de adhesión a la UE.

Intentos en la UE

En 2014 Córcega intentó poner freno a las compras con la figura del Estatuto de Residente y la Asamblea Nacional francesa no lo aprobó. En Alto Adigio, Tirol del Sur, una región autónoma italiana, se aprobó una norma restrictiva que duró un año y curiosamente no fue impugnada.

También algunos municipios de Flandes (Bélgica) aprobaron restricciones a la transmisión de la propiedad a personas que no tenían una vinculación suficiente con dichos territorios, pero su iniciativa terminó en el Tribunal de Justicia de la UE, que contestó que había la posibilidad de que, «de manera justificada y por motivos de interés general», esa limitación pudiera salir adelante, siempre que «no fuera discriminatoria y fuera proporcionada al objetivo perseguido».

Finalmente, la justificación que se aportó fue rechazada por el tribunal europeo, «pero lo relevante es que es posible, si la justificación para discriminar entre residentes y no residentes es proporcional al objeto perseguido», subraya Ríos. Y una de esas excepciones podrían ser las RUP. «Se podría intentar en una futura reforma de los tratados constitutivos que en las RUP se puedan limitar derechos a no residentes por cuestiones relacionadas con la superpoblación», pues la población de las Islas ha crecido desmesuradamente en los últimos 30 años, considera.

Excepciones comunitarias

Malta entró en la UE en 2005. En la negociación y en el acuerdo posterior añadió una disposición por la cual los ciudadanos europeos no pueden comprar más de una vivienda en Malta a no ser que residan en la isla mediterránea durante más de cinco años.

Para entrar en la Unión Europea, Helsinki introdujo una restricción en la adquisición de terrenos o viviendas para las islas Åland. Un europeo no finlandés necesita el permiso de las autoridades para comprar propiedad alguna.

En Dinamarca cualquier extranjero que quiera comprar una vivienda tiene que tener la residencia o haber vivido en ese país durante cinco años seguidos y el Ministerio de Justicia tiene que otorgar un permiso.

En Croacia prohíben o limitan a los inversores extranjeros pero para comprar tierras agrícolas. Las restricciones se extienden también a los ciudadanos de la UE.

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