El Supremo da alas a la regulación del alquiler vacacional en Canarias

Dos resoluciones del Alto Tribunal reconocen la capacidad de los vecinos para vetar cualquier actividad económica que pretenda desarrollarse en el edificio

Inmueble dedicado al alquiler vacacional en primera línea de playa del paseo de Las Canteras.

Inmueble dedicado al alquiler vacacional en primera línea de playa del paseo de Las Canteras. / JUAN CARLOS CASTRO

Julio Gutiérrez

Julio Gutiérrez

Dos sentencias emitidas la pasada semana por el Tribunal Supremo han situado por encima de cualquier otra consideración las prohibiciones para ejercer «actividad económica» –y así considera el Alto Tribunal al alquiler vacacional– incluidas en los estatutos de las comunidades de propietarios. Justo en el momento en que el Gobierno de Canarias aborda la regulación de los pisos turísticos llegan estas dos decisiones que, en opinión del director general de Ordenación, Formación y Promoción Turística del Gobierno de Canarias, Miguel Ángel Rodríguez, «alimentan, apoyan y refuerzan» los esfuerzos del Ejecutivo autonómico por regular este subsector de la actividad alojativa.

 En tan solo un año el número de viviendas vacacionales ha crecido un 25,7% en las Islas. Pasaron de ser 38.063 en noviembre de 2022 a las actuales 48.541. Desde que tomó las riendas del departamento el pasado mes de julio, la consejera de Turismo y Empleo del Gobierno de Canarias, Jéssica de León, encargó a Rodríguez la elaboración de una norma.

El objetivo es que entre en vigor el 30 de junio del próximo año. El periodo de escucha que se ha desarrollado durante las pasadas semanas –hasta el 27 de noviembre– ha culminado con la recepción de 5.000 aportaciones ciudadanas que en este momento «se están agrupando», explicó el director general «para poder darles respuesta. Tras las navidades nos reuniremos con la Asociación de Municipios Turísticos (AMT), asociaciones de vecinos, colegios profesionales o la Fecai (Federación de Cabildos e Islas) y la Fecam (Federación Canaria de Municipios)», cita entre otros Rodríguez.

El Gobierno canario quiere que la norma entre en vigor el próximo 30 de junio

Las sentencias «orientan», añade el integrante de la Consejería de Turismo, la confección del marco normativo canario. Aparecen justo antes de que se inicie la elaboración de un primer borrador que el director general prevé culminado para el segundo mes del año. Tras ello se someterá a exposición pública y con dichas aportaciones se elaborará el anteproyecto que se expondrá sobre la mesa del Consejo de Gobierno. 

Las decisiones del Tribunal Supremo se refieren a sendos casos que tienen como escenarios las ciudades de Oviedo y San Sebastián. La Sala de lo Civil desestima los recursos extraordinarios por infracción procesal y casación interpuestos por los propietarios y gestores de inmuebles destinados al alquiler turístico, y que obtuvieron sentencias contrarias en primera y segunda instancia.

Hasta la fecha la Consejería de Turismo y Empleo del Gobierno de Canarias ha señalado que la norma en la que trabaja la inspira la «búsqueda del equilibrio entre todos los intereses concurrentes». Subyace bajo esa afirmación el interés por evitar que se produzcan altas tasas de concentración en determinadas zonas de las Islas que puedan conllevar la expulsión de los residentes o la imposibilidad de garantizar una vivienda a los ciudadanos canarios.

Aportación de los propietarios

Entre las 5.000 aportaciones recibidas durante el periodo de consulta no falta la de la Asociación Canaria del Alquiler Vacacional (Ascav), que afirma representar a unos 1.500 propietarios de inmuebles destinados a la actividad alojativa. Esta organización asegura contar con un informe que cifra en 211.331 las viviendas cerradas y sin uso en el Archipiélago.

Ante ese número colocan las 47.156 viviendas vacacionales –en octubre– para concluir que no es el alquiler turístico el que dificulta a los isleños el acceso a una vivienda digna. Los pisos destinados al alojamiento de visitantes representan el 4,33% del total de casas construidas. «¿Cómo es posible que este porcentaje genere los efectos tan perniciosos de gentrificación que se le atribuyen?», señalaron a LA PROVINCIA hace solo dos semanas.

En cualquier caso, las resoluciones del Supremo no entran en el análisis profundo del fenómeno. Tan solo señalan que los vecinos son soberanos para vetar esta y otras actividades en el edificio.

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