Estos coches no podrán circular a partir de 2023 según la DGT

Mucho ojo si tienes alguno de estos vehículos

Los coches que no podrán circular a partir de 2023

Los coches que no podrán circular a partir de 2023

M. R.

El pasado 1 de enero de 2023 entraron en vigor las medidas de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética. El Consejo de Ministros aprobó el pasado año l real decreto que regula las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) y que incluyen medidas como restringir el acceso de vehículos, fomentar el transporte colectivo y los puntos de recarga de vehículos eléctricos.

Las ZBE quedaron establecidas en la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, que ya recogía que los municipios con aire contaminado tendrán que adoptar, entre otras medidas, planes de movilidad urbana sostenible para reducir las emisiones de gases contaminantes. Hasta la fecha, casi 4 millones de los 11,5 millones de vehículos con permiso de circulación se han vieron afectados por esta medida, ya que no disponen de la etiqueta adecuada para circular por las Zonas de Bajas Emisiones.

La principal consecuencia de esta medida fue la inmovilización del 32% de vehículos que no cumplan con los requisitos de la DGT para obtener el distintivo ambiental.

¿Cuáles son los distintivos ambientales de la DGT y cómo conseguirlos?

Existen cuatro distintivos ambientales creados en función del impacto medioambiental de los vehículos que se clasificarán y graduarán el 50% del parque más eficiente.

  • Etiqueta 0 emisiones, Azul: son los vehículos más eficientes y se trata de los eléctricos de batería (BEV), los eléctricos de autonomía extendida (REEV), los eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía de 40 km o vehículos de pila de combustible.
  • Etiqueta Eco: aquí se colocan la mayoría de vehículos híbridos, gas o ambos. Tendrán derecho a esta etiqueta los eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40 km, los híbridos no enchufables (HEV), los vehículos propulsados por gas natural y gas (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP). Deben cumplir los criterios de la etiqueta C.
  • Etiqueta C, Verde: aquí entran los vehículos de combustión interna que cumplen con las últimas emisiones EURO. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de septiembre de 2015. Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2014.
  • Etiqueta B, Amarilla: aquí se enmarcan los vehículos de combustión interna que si bien no cumplen con las últimas especificaciones de las emisiones EURO, pero sí que lo hacen con anteriores. Tendrán derecho a esta etiqueta turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas desde el 1 de enero de 2001 y diésel a partir de 2006. Vehículos de más de 8 plazas y pesados tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2006.

El resto de los vehículos, que se trata del 50% más contaminante, no tiene derecho a ningún tipo de distintivo al no cumplir los requisitos para ser etiquetado como vehículo limpio.