El TSJC ordena la expulsión de un hombre por sentencias firmes de violencia machista

A las sentencias firmes se une la falta de trabajo y de gestiones para regularizar su situación en el país

El TSJC ordena la expulsión de un hombre por sentencias firmes de violencia machista

El TSJC ordena la expulsión de un hombre por sentencias firmes de violencia machista

La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha ratificado una orden de expulsión del territorio nacional a una persona migrante sobre el que pesan dos sentencias firmes por maltrato y violencia de género y familiar.

En concreto, en la sentencia se relata que cuando llegó a España se encontraba indocumentado, nunca ha tenido permiso de residencia ni le constan intentos de regularización, arraigo social, ni laboral y además las condenas impuestas son contrarias a la consideración de existencia de cualquier vínculo familiar.

Al sancionado le constan como antecedentes penales una sentencia firme de 2020 por parte de la Audiencia Provincial de Santa Cruz a 20 meses de prisión por los delitos de violencia doméstica, de género, lesiones y maltrato habitual y familiar.

En aquel entonces también se le impuso la prohibición de portar armas durante tres años y cuatro meses y de acercarse y comunicarse con la víctima y determinadas personas.

Otro fallo firme emitido ese mismo año por parte del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de Arona lo condenó por quebrantamiento de condena a cuatro meses de prisión y otro tanto de inhabilitación.

La representación del acusado interpuso un recurso contra un auto de este mismo tribunal del pasado mes de mayo en el que se negaba la posibilidad de recurrir ante el Tribunal Supremo (TS) la orden de expulsión, al sostener el TSJC que no existía interés casacional objetivo alguno.

La representación del denunciante, sin embargo, alegó que se había infringido el principio de proporcionalidad en la imposición de la sanción de expulsión del territorio nacional.

El TSJC en un reciente auto contesta al recurrente que se cumplen de forma "evidente" las condiciones para ratificar la imposibilidad de acudir al TS al no haber concretado los supuestos de interés casacionales que mantiene su causa y que le permitiría acudir esta instancia.

El TSJC sostiene que la orden de expulsión resulta proporcionada teniendo en cuenta "los datos negativos añadidos a la mera estancia ilegal en territorio nacional, que justifican la opción de la sanción de expulsión".

Debido a la existencia de esas dos sentencias firmes relacionadas con maltrato y violencia de género, la Sala estima que está justificado que el acusado sea expulsado del territorio nacional, a lo que se une la falta de trabajo y de gestiones para regularizar su situación en el país.