Ayudas

¿Te has quedado sin trabajo y no tienes ingresos? El SEPE te ofrece esto

El Estado ofrece diferentes ayudas y orientación a todos aquellos que no tienen ingresos y han perdido sus trabajos.

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Vídeo: Agencia ATLAS | Foto: EP

Perder un empleo es siempre una noticia nefasta. Sin embargo, en momentos tan delicados económicamente como el actual es aún peor. Por ello, el Estado ofrece diferentes ayudas y orientación a todos aquellos que no tienen ingresos y han perdido sus trabajos. Depende del contexto, habrá una u otra solución disponible.

Para obtener la prestación por desempleo (o paro), es esencial solicitarla en los primeros 15 días hábiles después de perder el empleo. El SEPE enfatiza que, aunque se solicite más tarde, el derecho a cobrar el paro no se pierde, pero la duración del beneficio será menor. Esto hay que tenerlo muy claro porque estaríamos perdiendo dinero entre más tiempo tardemos en solicitarlo.

Existen tres opciones para solicitar el paro: A través de la Sede Electrónica del SEPE utilizando certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, en persona en una oficina de prestaciones, con cita previa obtenida por teléfono o en línea o mediante el formulario de pre-solicitud en la página web del SEPE, seleccionando la opción 'Presolicitud de prestación individual' y luego 'Prestación contributiva'.

Tiempo y forma

El SEPE se comunicará si necesita más información o documentación para procede. De no necesitarla, tramitará la solicitud y notificará la aprobación o denegación, incluso por SMS. Además, dicho organismo se compromete a resolver las solicitudes en los 15 días hábiles siguientes a la solicitud, con un máximo de 3 meses. La cantidad que se recibirá depende de la duración del paro, que varía hasta 6 meses, calculada en función del historial de cotizaciones.

Durante los primeros seis meses, se recibe el 70% de la base reguladora y el 60% a partir del día 181. Los requisitos incluyen estar dado de alta o en situación asimilada, estar en una situación legal de desempleo o inscrito como demandante de empleo, haber cotizado durante al menos un año en relación con el desempleo, no haber alcanzado la edad de jubilación, no ejercer una actividad a tiempo completo y no recibir una pensión incompatible con el trabajo.