Tenerife y Gran Canaria limitan las reuniones a 8 personas tras subir a nivel 2 de alerta por Covid

Se recomienda el uso de mascarillas FPP2 en los centros hospitalarios

Vuelven a saltar las alarmas por la nueva variante de coronavirus Ómicron

Vídeo: Agencia ATLAS | Foto: Andrés Gutiérrez

H. del Pino

Ocho es el número máximo de personas que se podrán reunir tanto en espacios de uso público como privado, cerrados o al aire libre de Tenerife y Gran Canaria a partir de este lunes, fecha en la que entrará en vigor la aplicación del nivel 2 de alerta por coronavirus en ambas islas capitalinas. No obstante, se establece que se podrán reunir grupos de hasta 12 personas siempre y cuando se trate de convivientes -viven todos bajo el mismo techo- o todos los congregados dispongan de pasaporte covid, tal y como ocurre en el nivel 1.

La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias actualizaba este viernes los niveles de alerta sanitaria tras el informe epidemiológico de la Dirección General de Salud Pública, con datos consolidados a 9 de diciembre, sobre la evolución de los indicadores sanitarios por Covid-19, que suben a las islas de Tenerife y Gran Canaria a nivel 2, semáforo ámbar. El resto de islas continúan una semana más en el nivel de alerta que tenían: Fuerteventura en nivel 3 y La Palma, La Gomera, El Hierro y Lanzarote (donde epidemiológicamente se incluye La Graciosa) en nivel de alerta 1, identificado con el “semáforo verde”.

La entrada en vigor del nivel 2 en Tenerife y Gran Canaria también traerá consigo la limitación del aforo, pues en el caso de los espacios al aire libre será el 75% del que tengan establecido y en espacios interiores el 50%. Si los locales exigen la presentación del pasaporte covid, el aforo para interior se mantiene en el 75%, igual que en el nivel 1. Además, la hora de cierre máxima autorizada será las 3:00 horas para aquellos negocios o actividades que antes de la pandemia de la Covid-19 no tuvieran fijado un horario de cierre o cerrarán más tarde de las tres de la madrugada.

Las restricciones en el número de personas que se podrán reunir o los límites en el aforo de los locales no son las únicas medidas que Sanidad podrán en marcha para tratar de frenar el incremento de casos y la sexta ola de la pandemia por coronavirus, pues continuarán prohibidos los bailes en los locales de ocio nocturno y, además, los estos establecimientos deberán llevar un registro de trabajadores y usuarios que accedan al local con el fin de llevar un control epidemiológico de la Covid-19.

Las fiestas, verbenas y otros eventos populares no se podrán celebrar y las actividades culturales, recreativas o de ocio, que se desarrollen esporádicamente y que no tengan la consideración de eventos multitudinarios, se podrán celebrar en espacios al aire libre con un aforo máximo del 50% si no se consumen alimentos, y del 33% si se consumieran alimentos. En este tipo de actividades, el público deberá permanecer sentado.

Esta prohibida la venta y el consumo de bebidas alcohólicas, ya sea de forma individual o en grupo, en la vía pública.

En las saunas solo se podrá hacer un uso individual o por personas convivientes simultáneamente, debiendo procederse entre usos sucesivos a su limpieza y desinfección.

Los campamentos para niños o jóvenes también verán reducido su aforo, pues se aplicará un máximo del 75% en espacios exteriores con un máximo de 100 participantes incluyendo al monitor. En el caso de que las actividades que se realicen en espacios cerrados el aforo máximo será del 33% con un máximo de 30 personas incluyendo al monitor.

Sí se permitirá la práctica del deporte federado, de ámbito regional o insular, al aire libre o espacios cerrados y la práctica deportiva no federada al aire libre, procurando mantener una distancia entre asistentes de 2 metros y utilizando mascarilla. El número de participantes estará limitado por la reglamentación específica de cada deporte. Los aforos de público serán del 75% en espacios abiertos y del 50% en espacios cerrados.

 Excepcionalmente, y por razones de interés, podrá autorizarse la celebración de eventos deportivos de carácter ocasional, esporádico o no programado en los calendarios oficiales de las federaciones deportivas, conforme al régimen previsto en el artículo 13 para los eventos multitudinarios.

Los hospitales de Tenerife y Gran Canaria también verán limitadas las visitas, se recomienda la utilización de mascarillas tipo FFP2 y pantallas protectoras faciales por parte de todo el personal que tenga atención directa con los pacientes en estos centros, así como reforzar la ventilación frecuente en las instalaciones donde se ubiquen trabajadores y pacientes.

En la actividad cultural que no tenga la consideración de eventos multitudinarios y se realice en locales y establecimientos culturales y artísticos cerrados como teatros, cines, auditorios de música, centros culturales, bibliotecas, salas de conciertos, salas de exposiciones, museos, salas de exposiciones o conferencias, el aforo máximo permitido será del 55% del que tengan establecido.