Opinión | EN EL CAMINO DE LA HISTORIA

Juan Jesús Ayala

La Constitución española no lo permite

El presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez.

El presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez. / EFE

Se esgrime por parte de los socialistas comandados por Pedro Sánchez que el PP no podrá emprender con garantías un gobierno porque los números no le dan, se quedan en 169 y con una posibilidad muy difícil de sumar más. Por otro lado la suma de los que hoy detentan el poder, contando con los 7 de Junts de Puigdemont o con su abstención, darían el gobierno a Sánchez. O sea, que el futuro gobierno depende de la llave que tienen en su bolsillo los que han votado 56.091 personas.

Pero el precio que se tiene que pagar por este apoyo tiene que traducirse en una amnistía para los 3.330 represaliados, lo que incluiría a más de 700 alcaldes que fueron denunciados por su colaboración en los preparativos del referéndum ilegal sin que las denuncias prosperaran; y, además, que se convoque un referéndum por la autodeterminación que sea vinculante para la independencia de Cataluña.

Al respecto de este derecho y con la Constitución actual en la mano es imposible revertir lo legal en ilegal ya que si bien el articulo 92 recoge que «las decisiones políticas de especial transcendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos y que este será convocado por el rey mediante propuesta del presidente del Gobierno, previamente autorizado por el Congreso y mediante una ley orgánica que regule todo lo concerniente a las distintas modalidades de referéndum».

Si nos atenemos a este artículo quizás puedan encontrar un resquicio por donde colar una consulta pactada, la que también pretende Sumar, sin violentar la Constitución.

Sin embargo, hay un pero que es el que recoge el articulo 168, «cuando se propusiese la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Título Preliminar se procederá a la aprobación del principio por mayoría de los dos tercios de cada Cámara y a la disolución inmediata de las Cortes. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional que será aprobado por mayoría de los dos tercios. Aprobada esta reforma por las Cortes Generales será sometida a referéndum para su ratificación.»

Y el Título Preliminar en su articulo 2 nos dice «La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la nación española y patria común de todos los españoles». O sea, si no se modifica la Constitución en estos artículos no hay nada que hacer y teniendo el PP mayoría absoluta en el Senado, cuestión totalmente imposible.

Les queda, sin embargo, a Puigdemont y a los independentistas catalanes, y en este caso con el compromiso del PSOE y Sumar lo que han venido propugnando como solución paralela que es invocar el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos aprobado por la Asamblea de la ONU en 1960, ampliado en 1966, ratificado en 1976 y asumido también por el Estado español en 1977, que en su Artículo 1 recoge que todos los pueblos de la tierra tienen el pleno derecho a ejercer su libre determinación . Cuestión esta muy complicada para que llegue a término en el ámbito de los Tribunales Internacionales. Contando con la habilidad retórica de Sánchez pudiera condicionar la voluntad del líder de Junts, que si bien lograría a través de quintaesencias legales la amnistía que propone, el derecho a la autodeterminación se pondría en la cola de una interminable farragosidad.

Así que la situación para formar gobierno se encuentra en el círculo del infierno de Dante y ajeno a la cordura de una política con mayúscula de los dos grandes partidos, más preocupados de la confrontación que no de buscar una mejor solución, que simplemente no es otra que un gobierno de coalición, antes que someter al ciudadano a nuevas elecciones soportando la majadería de nuevos debates y jergas preelectorales que seguramente sería una repetición del escenario actual.

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