Nuevo aviso de Hacienda: cambios importantes en la Declaración de la Renta

La próxima campaña ya incluirá estas modificaciones que la Agencia Tributaria anunció para todos los contribuyentes

¿Eres autónomo? Si sigues estos pasos pagarás menos en la Renta de 2023

¿Eres autónomo? Si sigues estos pasos pagarás menos en la Renta de 2023 / E. D.

La próxima Declaración de la Renta traerá cambios importantes a los que habrá que prestar mucha atención para poder aprovecharse de ellos. La campaña de 2023 modificará algunos aspectos esenciales atendiendo a la demanda de los contribuyentes que entienden que así saldrán más beneficiados en el momento de presentar sus ingresos y gastos ante la Agencia Tributaria. Hacienda ya ha avisado de que entrarán en vigor el próximo año, por lo que todo lo que hagamos en diciembre, afectará directamente a nuestra siguiente Declaración.

El año está acabando, y los contribuyentes ya piensan en todos los impuestos que tendrán que tributar en la próxima campaña de la Declaración de la Renta. En este último mes, aún pueden ahorrar mucho dinero si saben gestionar los ingresos de diciembre. A partir del 6 de abril de 2024 y hasta el 30 de junio, podrás presentar tu Declaración, teniendo en cuenta todo lo que has tributado en 2023. Como es habitual, existen unas barreras que debes superar para hacer obligatoriamente la Declaración. Además, entre las novedades más importantes se encuentra una modificación notable sobre el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

¿Qué ha cambiado?

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha presentado ante Bruselas un plan de recuperación que incluye beneficios fiscales en el IRPF. De esta manera, los tramos de ingresos se modifican y a partir de ahora, pasarán a ser los siguientes:

  • Desde 0 hasta 12.450 euros: 19%.
  • Desde 12.450 euros hasta 20.200 euros: 24%
  • Desde 20.200 euros hasta 35.200 euros: 30%
  • Desde 35.200 euros hasta 60.000 euros: 37%
  • Desde 60.000 euros hasta 300.000 euros: 45%
  • Más de 300.000 euros: 47%

Hay que tener en cuenta que estos porcentajes se aplican cuando se han efectuado las deducciones o reducciones previstas en la Ley. También, los gobiernos de las comunidades autónomas pueden determinar el tipo de retención que aplicará en su región, lo que también influirá en el cálculo final del impuesto.

Aumento de la cuantía de la reducción por rendimiento de trabajo

En 2024 se modificará también este aspecto que ya ha aumentado este año. No se ha concretado ninguna cifra, pero en 2023 se ha situado en los 19.747,5 euros, por lo que este año rondará los 20.000 euros. Estamos a la espera de ver cómo se incluye esto en los Presupuestos Generales del Estado.

Ampliación del límite obligatorio para hacer la Declaración

Hasta ahora, únicamente tenían que presentar la Declaración de la Renta los trabajadores que tenían unos ingresos superiores a 22.000 euros al año que procedían de un único pagador o si cobraban de dos, 14.000 euros de uno y otros 1.500 de otros. A partir del 2024, la primera cifra aumentará a 15.000 euros de ingresos al año.

Deducción por maternidad

Las madres con hijos menores de 3 años pueden pedir una deducción en su declaración alegando los gastos que le ocasiona tener a su niño. Desde el próximo año, y tras la aprobación de la nueva Ley de Familia, se puede disminuir la cuota diferencial hasta en 1.200 euros al año por hijo.

Reducción de la base imponible de los planes de pensiones

Aquí es donde se notará el cambio más importante. Las personas que aportaban dinero un plan de pensiones podían deducirse hasta 1.500 euros en su declaración. A partir del año que viene, la base imponible subirá hasta los 8.500 euros. Además, los nuevos planes de pensiones también contarán con deducciones para empresas y trabajadores.  

¿Quiénes tienen la obligación de hacer la Declaración?

Hay cosas que aún siguen igual, y estas personas son las que deberán presentar la Declaración de la Renta obligatoriamente:

  • Personas que ganan más de 22.000 euros con un pagador.
  • Trabajadores que ingresan 15.000 euros al año con dos o más pagadores.
  • Los autónomos que tengan ganancias anuales de más de 1.000 euros.
  • Jubilados, ya que Hacienda considera las pensiones como rendimientos del trabajo que tributan en el IRPF.