La Audiencia ordena al juez que amplíe la investigación del caso ‘18 Lovas’

La Fiscalía pide incluir en el caso a cuatro nuevas víctimas y 35 delitos contra cuatro acusados

Finca de Ayagaures donde supuestamente ocurrieron los hechos investigados.

Finca de Ayagaures donde supuestamente ocurrieron los hechos investigados. / E. D.

La Audiencia Provincial de Las Palmas ordenó al juez instructor del caso 18 Lovas, Rafael Passaro Cabrera, que amplíe las investigaciones para incorporar a cuatro nuevas víctimas menores de edad. También le insta a que estudie la atribución de posibles nuevos supuestos deliltos –en total, 35– contra cuatro de los seis acusados y que se les vuelva a tomar declaración. 18 Lovas es el nombre con el cual se conocía a una agencia de modelos de Gran Canaria que captaba a jóvenes, algunas de ellas menores, y las inducía a la prostitución.

En un auto fechado este martes con el magistrado Pedro Joaquín Herrera Puentes como ponente, la Sección Primera de la Audiencia Provincial revoca la conclusión del sumario acordada por auto del 20 de abril de 2022, por el cual el juez dio por finalizada la investigación y dejó el caso listo para que las acusaciones formulasen sus cargos contra los seis acusados y solicitasen la apertura del juicio.

La Audiencia devuelve esta causa penal al Juzgado de Instrucción número 2 de Las Palmas a petición de la Fiscalía, a la que se sumó el resto de acusaciones, al considerar «un olvido» que el juez no incluyese en el auto de procesamiento los hechos vinculados a presuntos delitos de prostitución de menores, abusos sexuales y violación, este último en el caso de dos chicas, sobre menores de 15 a 17 años. También considera «una omisión» en la investigación relativo a víctimas sobre las que el Ministerio Público considera incompleto el procesamiento. «Entiende –la Fiscalía– que respecto a las excluidas existen bases indiciarias que determinan la inclusión de unas y justifican el complemento respeto a las otras aludidas», señala el magistrado en su auto de revocación.

Sobre las nuevas víctimas, la Fiscalía solicita que se revise la causa sobre los procesados Agustín Alemán Barreto, alias Yino, presunto cabecilla de la trama, que captaba a chicas que no alcanzaban los 23 años, algunas de ellas menores, para mantener relaciones sexuales; Eugenio Hernández León, Emilio Cabrera Caballero y Antonio Dascenzo, conocido como Toni El italiano, y deja fuera a los otros dos investigados, el empresario turístico Eustasio López y Domingo Hernández Tarajano, para los que no hay variaciones respecto a su situación procesal.

Sobre el supuesto cabecilla de la trama, Agustín Alemán Barreto, el Ministerio Público le atribuye cuatro presuntos nuevos delitos de prostitución de menores, dos de inducción a la prostitución, uno de inducción a la prostitución y otro de agresión sexual.

Se trata de un asunto de supuestos abusos sexuales y prostitución de menores de edad

Para Eugenio Hernández León, la Fiscalía pide que se investigue la comisión de cuatro presuntos delitos de prostitución de menores, tres de agresión sexual, dos de inducción a la prostitución y uno de abuso sexual, mientras que Emilio Cabrera Cabello el Ministerio Fiscal le atribuye uno de prostitución de menores.

Además, el Ministerio Fiscal también pide que se estudien posibles cargos por datos no incluidos respecto a víctimas ya señaladas en el procedimiento y no tenidos en cuenta hasta ahora. Así, a Agustín Alemán le atribuye tres delitos de prostitución de menores, uno de contenido de material pornográfico, otro de agresión sexual y otro de abuso sexual. Éstos se suman a los ya imputados por el juez en 2021 y ratificados en 2022: 24 de ellos de prostitución de menores, dos de agresión sexual y dos de trato degradante.

La Fiscalía solicita que se tome declaración e investigue también a Antonio Dascenzo. Partiendo de lo referido por el Ministerio Fiscal en su escrito de 23 de diciembre de 2022, llama la atención la envergadura de los posibles presupuestos fácticos que se consideran omitidos, tanto en su alusión a la inclusión de víctimas como en lo referente al complemento aludido respecto a otras ya reseñadas. Pero, dado el alcance de la facultad reseñada y el ejercicio que de ella se ha hecho el momento procesal oportuno, no le queda otra salida a dicha Sala que devolver el Sumario al juzgado de instrucción y dejar sin efecto la conclusión en su día acordada.