¿Cuándo prescribe una multa de tráfico?

Los plazos de caducidad varían dependiendo si la infracción es leve o grave

Radares ocultos de la DGT

M. A. R.

Las multas de tráfico son uno de los temores más comunes entre los conductores. Cuando un radar detecta un exceso de velocidad u otra infracción, puede pasar un tiempo significativo hasta que el infractor recibe la temida carta de la Dirección General de Tráfico (DGT), lo que a menudo genera incertidumbre y preocupación.

En muchos casos, el conductor no está seguro de haber cometido la infracción o puede no estar dispuesto a asumir las consecuencias de sus acciones, lo que es una situación común según la DGT. Sorprendentemente, dos de cada tres multas en España son por excesos de velocidad.

La notificación de una multa generalmente llega al infractor unos días después de la infracción, a través de correo postal. Sin embargo, es importante tener en cuenta que en algunas circunstancias, es posible que el infractor no reciba la notificación.

Plazos

La Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial establece plazos para que la Administración comunique las infracciones:

  • El plazo es de un máximo de tres meses si la infracción es leve.
  • El plazo se extiende a un máximo de seis meses en el caso de infracciones graves o muy graves.
La DGT implanta nuevos radares antifrenazos con elevadas multas

La DGT implanta nuevos radares antifrenazos con elevadas multas / El Día

Si la notificación no se envía dentro de estos plazos, el conductor puede considerar que la sanción ha prescrito. Sin embargo, es crucial distinguir entre no tener constancia de la notificación y que la notificación no se haya realizado.

La DGT dispone de 780 dispositivos fijos y móviles de control de velocidad, incluyendo helicópteros y drones. Cuando uno de estos dispositivos detecta una infracción, la DGT procesa la sanción y luego notifica al propietario del vehículo, un proceso que generalmente lleva de una a tres semanas.

Al recibir la carta en su domicilio, el infractor debe verificar que la infracción es suya y no una estafa por correo electrónico que pretende ser de la DGT.

Además, es importante conocer las diferentes formas en que la DGT comunica las infracciones:

  1. Correo postal: La notificación se envía al domicilio registrado por el propietario del vehículo, incluso si la dirección no está actualizada.
  2. Dirección Electrónica Vial: Si el infractor está registrado en la Dirección Electrónica Vial, la notificación se enviará al buzón electrónico de la DGT, con la misma validez jurídica que las notificaciones en papel.
  3. Tablón Edictal Único (TESTRA): Si no es posible notificar la infracción por correo postal o electrónico, se publicará en el TESTRA durante 20 días naturales, después de los cuales se considerará notificada.

Es relevante también entender los plazos de prescripción de las multas de la DGT. Los plazos de tres o seis meses mencionados anteriormente pueden interrumpirse si la Administración investiga la identidad del denunciado. El cómputo del tiempo se reanudará una vez que la Administración haya completado sus procedimientos.