Urbanismo congela el expediente sancionador por la vivienda del alcalde de La Laguna

Santiago Pérez aparca el procedimiento disciplinario a Luis Yeray Gutiérrez al declarar

no prioritario el cerramiento «ilegal» e «ilegalizable» que debe eliminar de su casa

Santiago Pérez, concejal responsable de la Gerencia de Urbanismo de La Laguna.

Santiago Pérez, concejal responsable de la Gerencia de Urbanismo de La Laguna. / María Pisaca

Daniel Millet

Daniel Millet

La Gerencia de Urbanismo de La Laguna congela el expediente sancionador al alcalde, Luis Yeray Gutiérrez, por una actuación urbanística ilegal e ilegalizable en su vivienda. El área del Ayuntamiento de La Laguna asegura en un informe que no ha abierto el procedimiento sancionador por falta de personal, al considerarlo «no prioritario».

El procedimiento sancionador es la consecuencia del expediente urbanístico que abrió la Gerencia, que dirige Santiago Pérez, el pasado mes de febrero. Los técnicos de Urbanismo concluyeron entonces que el alcalde y su pareja, Yaiza López, concejala de Cultura de La Laguna, construyeron un «cerramiento de balcón» en su casa «sin licencia o título habilitante». La Gerencia dio por acreditado que «la actuación es ilegal e ilegalizable».

Urbanismo confirmó que no ha iniciado en estos ocho meses el procedimiento sancionador por las obras ilegales en la vivienda del alcalde en una respuesta al concejal no adscrito Alfredo Gómez, firmada el miércoles por la jefa de Servicio. La funcionaria de la Gerencia aclara en el escrito que después de detectarse las irregularidades, se inició un procedimiento de restablecimiento de la legalidad urbanística.

El 5 de julio, dicta una resolución que ordena a Luis Yeray Gutiérrez y Yaiza López derribar el cerramiento de balcón en dos meses. Alega que esta obra se ejecutó sin el obligatorio permiso urbanístico mediante un forjado de 3,7 metros cuadrados, con bloques y ventana. El informe no aclara que se haya eliminado ese balcón una vez transcurridos los dos meses desde la resolución.

«Hasta que haya capacidad»

De forma paralela a la restauración de la legalidad, las normas urbanísticas de los ayuntamientos contemplan un expediente disciplinario, con la sanción que corresponda a la gravedad del caso. Urbanismo alega que como recoge una instrucción del 1 de septiembre de 2020, para establecer el ejercicio de sus potestades en materia de disciplina urbanística, este procedimiento sancionador de la casa del alcalde y la concejala de Cultura se encuentra dentro de los «no prioritarios».

Por ello, la jefa de Servicios justifica «el aplazamiento» de su apertura «al momento en que sea viable su tramitación, esto es, haya capacidad material de tramitarlos de forma diligente sin desatender los procedimientos prioritarios».

El 10 de febrero de este año, el concejal Alfredo Gómez denuncia la presunta ilegalidad de unas obras en la vivienda de Luis Yeray Gutiérrez y Yaiza López. A instancia del propio alcalde, el consejero director de la Gerencia de Urbanismo y concejal, Santiago Pérez (PSOE y Avante), ordena una inspección en la vivienda. Tiene lugar a las 9:00 horas del 14 de febrero. En ella los técnicos constatan, como reflejan los informes posteriores, que hay obras terminadas que no están amparadas por el trámite previo de comunicación.

Hay otras actuaciones en la casa del alcalde que investigó Urbanismo que sí se pueden legalizar, según explica el informe de la inspección. De hecho, la jefa de Servicio recuerda al concejal Alfredo Gómez que han sido legalizadas y que, por tanto, las actuaciones en estos casos se han archivado.

Se trata de un hueco en la fachada para la colocación de una puerta de aluminio, tres obras en la terraza –la sustitución de la puerta y la colocación de pavimento y una escalera lateral– y una pérgola de madera de nueve metros cuadrados. La legalización y archivo del procedimiento se comunicó en la resolución del pasado 5 de julio.

Urbanismo se ampara en una resolución de 2020 que fija qué casos deben tener prioridad

Con urgencia o sin urgencia

En el escrito, la jefa de Servicio del área municipal de Urbanismo enumera las razones por las que un expediente disciplinario se considera prioritario o no prioritario. Figuran en la instrucción de 2020 cuyo objeto es «establecer con suficiente precisión los criterios de dirección en la política de disciplina urbanística de la Gerencia de Urbanismo, que servirán de base para la asignación de prioridades en la apertura y tramitación de procedimientos de establecimiento de la legalidad o sancionadores».

Los que son «prioridad» y deben ser tramitados con «especial urgencia» son los que causen alarma social o riesgo, tengan trascendencia o repercusión económica o afecten a obras de grandes dimensiones. También depende del grado de perjuicio de las actuaciones sobre los valores o suelos protegidos y del grado de vulneración del régimen jurídico del suelo.

La trascendencia está entre las razones para declarar la prioridad pero la Gerencia no la ve en este caso

Ninguno de los preceptos

La Gerencia del Ayuntamiento de La Laguna entiende que el expediente de la vivienda del alcalde no cumple ninguno de estos preceptos, por lo que lo declara «no prioritario» y concluye que «no se han dado las circunstancias para proceder a la incoación de expediente sancionador hasta la fecha [el escrito está firmado el pasado miércoles, 28 de septiembre], dada la capacidad de tramitarlos de forma diligente sin desatender los procedimientos prioritarios».

La Gerencia de Urbanismo tampoco considera «prioritario» el caso de otro político del PSOE al que abrió expediente urbanístico por unas obras en su casa: Gustavo Matos, presidente del Parlamento de Canarias. En su caso, la jefa de Servicio responde al concejal Alfredo Gómez que en la actualidad tramita un procedimiento de legalización de unos trabajos ejecutados en su casa «sin licencia ni título habilitante». El propio Matos admitió que hizo las obras sin permiso y pidió disculpas por ello.

El expediente de Matos

De esta manera, Urbanismo ha suspendido el expediente de restablecimiento de la legalidad de la casa de Gustavo Matos, abierto el pasado 31 de enero. Se trata de un cerramiento de aluminio en la azotea con cristales, techado y una superficie de 10 metros cuadrados. Si finalmente se consuma el proceso de legalización, este expediente quedará archivado de forma definitiva.

Estos procedimientos contra las irregularidades urbanísticas prescriben al año, dos años o cuatro años de su apertura dependiendo de su gravedad. Las áreas disciplinarias de Urbanismo pueden retomarlos las veces que consideren necesarias hasta que se cumple el periodo de prescripción y quedan archivados de forma definitiva.

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