Esto es lo que se paga por el impuesto de sucesiones y donaciones en cada autonomía

Existen grandes diferencias en función de la comunidad autónoma en la que se tramite

Esto es lo que se paga por el impuesto de sucesiones y donaciones en cada autonomía

Esto es lo que se paga por el impuesto de sucesiones y donaciones en cada autonomía

Recibir una herencia puede parecer una bendición, pero en España, los beneficios pueden verse eclipsados por las cargas heredadas, las deudas y los impuestos asociados a la sucesión. A la hora de aceptar una herencia, es importante comprender los trámites fiscales involucrados, ya que pueden variar según la comunidad autónoma y el grado de parentesco con el difunto.

El impuesto de Sucesiones y Donaciones es el principal protagonista en este escenario. Este impuesto se calcula sobre el valor total de la herencia, sin importar si esta incluye bienes inmuebles u otros activos. Cada comunidad autónoma en España tiene competencias para regular este impuesto, lo que significa que las exenciones, deducciones y bonificaciones pueden variar ampliamente de una región a otra.

La Ley 29/1987, del 18 de diciembre, establece un porcentaje para el impuesto de Sucesiones y Donaciones que oscila entre el 8,65 % y el 34 %, al que se le aplican las bonificaciones específicas de cada comunidad autónoma. Además, la ley clasifica a los herederos en diferentes grupos según su grado de parentesco:

  • Grupo 1: Descendientes y adoptados menores de 21 años.
  • Grupo 2: Descendientes y adoptados mayores de 21 años, cónyuges, ascendientes y adoptantes.
  • Grupo 3: Hermanos, tíos y sobrinos.
  • Grupo 4: Otros parientes más distantes, como primos.
El impuesto, según las autonomías

El impuesto, según las autonomías / El Día

El impuesto, según las autonomías

Las bonificaciones y reducciones en el impuesto de sucesiones varían significativamente en las diferentes regiones de España. Aquí hay ejemplos de algunas comunidades autónomas:

  • Madrid ofrece una bonificación del 99 % para cónyuges y parientes directos, lo que significa que solo pagan el 1 % restante. Los hermanos tienen una bonificación del 15 %, y para tíos y sobrinos es del 10 %.
  • Andalucía proporciona reducciones para los grupos 1 y 2 en herencias de hasta 1.000.000 de euros, mientras que los grupos 3 y 4 tienen reducciones para herencias de hasta 250.000 euros.
  • En Cataluña, las bonificaciones para los grupos 1 y 2 se calculan en base a una cantidad inicial y una adicional por cada año que le quede al heredero para cumplir los 21 años, con un límite máximo. También existen bonificaciones para otros familiares.
  • Galicia ofrece una reducción de hasta 400.000 euros para el grupo 2 con tipos impositivos entre el 5 % y el 18 %. Las personas con discapacidad de los grupos 3 y 4 tienen una reducción de 300.000 euros.
  • En la Comunidad Valenciana, las bonificaciones han experimentado cambios recientes, y en Castilla-La Mancha, las bonificaciones para los grupos 1 y 2 varían entre el 100 % y el 80 %, dependiendo del valor de la herencia.
  • En Castilla y León, los dos primeros grupos tienen una reducción máxima de 400.000 euros. Para las víctimas de violencia de género o terrorismo, la reducción es del 99 %. En Asturias, los grupos 1 y 2 están exentos de pagar impuestos para herencias inferiores a 300.000 euros. Si hay explotaciones agrarias, la reducción es del 99 %.
  • En Canarias, las bonificaciones para los grupos 1, 2 y 3 son del 99,9 % hasta los 55.000 euros. Hay diferentes porcentajes de bonificación para herencias que superen este límite.
  • En Aragón, las reducciones varían según el tipo de herencia y la relación familiar y pueden llegar al 100 % en ciertos casos. En Extremadura, los grupos 1 y 2 tienen una bonificación del 99 %. En Murcia, el grupo 2 también tiene una bonificación del 99 %.
  • En Cantabria, los grupos 1 y 2 pueden tener una reducción del 100 % para herencias que no superen los 100.000 euros. En otros casos, la bonificación oscila entre el 90 % y el 99 %.
  • En Navarra, las bonificaciones varían según el tipo de herencia y la relación familiar, oscilando entre el 0 % y el 16 %. En Baleares, se ha eliminado el impuesto de sucesiones entre ciertos grupos familiares y se han anunciado reducciones para otros.
  • Las implicaciones fiscales de una herencia pueden ser muy diferentes según la ubicación y el grado de parentesco, por lo que es crucial conocer las regulaciones locales y las bonificaciones disponibles antes de tomar una decisión sobre la aceptación de una herencia en España.