El Impuesto de Sucesiones y Donaciones se utiliza para gravar dos tipos de transferencias de patrimonio: las donaciones entre personas vivas y las herencias que se reciben después del fallecimiento de alguien.
Sin embargo, este impuesto ha suscitado preocupación en la población y ha sido objeto de críticasones. Una de las principales inquietudes es la elevada carga fiscal que conlleva, caracterizada por tasas impositivas elevadas, lo que ha llevado a algunos individuos a verse en la necesidad de vender sus propiedades con el fin de poder hacer frente a este impuesto.
Otro aspecto que genera controversia es la disparidad en los pagos entre diferentes regiones. En el territorio español, existen notables diferencias en las tasas y exenciones relacionadas con este impuesto. De hecho, hasta siete comunidades autónomas han optado por eximir a sus residentes de la obligación de pagar este impuesto.
Regiones sin este impuesto
En España, la competencia fiscal recae en las comunidades autónomas, lo que significa que cada región tiene la autonomía para establecer su propia legislación en cuanto al impuesto de Sucesiones y Donaciones. Esto ha dado lugar a críticas y presiones públicas, lo que ha llevado a algunas regiones a introducir exenciones y reducciones significativas en este impuesto, llegando en algunos casos a reducirlo hasta un asombroso 99,9%.
En el territorio español, existen notables diferencias en las tasas y exenciones relacionadas con este impuesto
Andalucía, una de las comunidades más pobladas de España, se destacó al eliminar completamente este impuesto en 2022 bajo la presidencia de Juanma Moreno, estableciendo así un ejemplo para otras regiones. La Comunidad de Madrid es otra región donde este impuesto no se aplica, junto con Cantabria, Murcia, Castilla y León, y la Comunidad Valenciana.
Recientemente, la Comunidad Valenciana se unió a esta lista al aprobar un decreto ley para eliminar este impuesto, una medida anunciada por el presidente de la Generalitat Valenciana, Carlos Mazón, hace apenas una semana. Este cambio en la legislación fiscal regional refleja la diversidad y competencia fiscal que existe en España, donde cada comunidad autónoma busca adaptar su sistema tributario a sus propias necesidades y circunstancias económicas.
El 21 de julio, el Gobierno de la Comunidad Valenciana, liderado por el Partido Popular y Vox, dio luz verde al proceso para bonificar el 99% del impuesto de Sucesiones y Donaciones. Esta iniciativa culminó la semana pasada con la aprobación del correspondiente decreto ley.
El Consejo de Gobierno canario aprobó un decreto-ley para bonificar el 99,9% de este tributo, estimando una pérdida de ingresos de alrededor de 18 millones de euros para las arcas públicas
Por su parte, Canarias también recientemente suprimió este impuesto. El Consejo de Gobierno canario aprobó un decreto-ley para bonificar el 99,9% de este tributo, estimando una pérdida de ingresos de alrededor de 18 millones de euros para las arcas públicas. Esta medida afectará directamente a cónyuges, hijos, tíos y sobrinos, pero excluye a familiares de tercer grado y externos en el caso de donaciones.
En algunas regiones como Aragón, Cataluña, Castilla-La Mancha y, hasta la fecha, la Comunidad Valenciana, existen bonificaciones y reducciones fiscales. En La Rioja, solo se requiere el pago si la herencia supera los 400,000 euros.
Para aquellos que heredan patrimonio, la noticia es favorable si son cónyuges, descendientes o ascendientes mayores de 21 años. Prácticamente no se paga impuesto de sucesiones en Andalucía, Madrid, Cantabria, Castilla y León, Extremadura y Murcia. Otros territorios como La Rioja, Aragón, Cataluña, Asturias, Galicia y la Comunidad Valenciana aplican diversas bonificaciones. Cuando el receptor de la herencia es otro familiar, las reducciones son de casi el 100% en Canarias y alcanzan el 25% en Madrid.
Es importante tener en cuenta que se debe tributar en la región donde vivía el fallecido, y no se permiten cambios de domicilio una vez fallecido el familiar para evitar el pago de este impuesto.