Debate sobre el modelo turístico | Propuesta para restringir la compra de inmuebles por extranjeros

Venta a extracomunitarios y segundas viviendas, limitaciones con más encaje

Los expertos recuerdan que restringir la compra de casas por ciudadanos de la UE es inviable

Canarias podría plantear ciertas excepciones por ser RUP 

Unos turistas practican parapente en el litoral de Costa Adeje.

Unos turistas practican parapente en el litoral de Costa Adeje. / El Día

Expertos y académicos advierten que plantear restricciones a la venta de viviendas a extranjeros requiere de argumentos bien justificados y tasados ante la Comisión Europea. Imponer limitaciones a ciudadanos extracomunitarios siempre sería más factible que a comunitarios, pero con una base jurídica sólida y una normativa que regule las condiciones, ya que después tiene que aprobarla el Estado y dar su visto bueno Bruselas. Canarias como región alejada y con debilidades estructurales y territorio limitado podría sostener determinados tipos de restricciones, sobre todo para segundas viviendas que compran no residentes para pasar temporadas en las Islas. Esta situación sí podría tener algún encaje en el contexto de la libertad de circulación de personas y capitales que caracteriza al espacio comunitario común.

El profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna (ULL), Gerardo Pérez, cree que sí hay margen para restringir la compra de inmuebles a extracomunitarios, incluidos los británicos al no estar ya el Reino Unido en la UE. «Legalmente se podrían buscar fórmulas que limiten la compra de inmuebles o activos, habría margen con una regulación normativa porque no se puede ser discrecional», señala Pérez. 

Sin embargo cosa distinta son los ciudadanos comunitarios, que tienen los mismos derechos que los canarios y los peninsulares para adquirir una propiedad en cualquier territorio de la Unión Europea. Gerardo Pérez recuerda que los tratados consagran expresamente la libertad de circulación de personas y bienes en el territorio comunitario, por lo que prohibir o imponer restricciones es muy complicado desde el punto de vista jurídico. Una de las pocas posibilidades que aventura el profesor de Derecho Constitucional es poner condiciones no tanto a la compra sino al uso de la vivienda, es decir, que si es casa de segunda residencia para vacaciones o de temporada se podría introducir algún tipo de limitación a la inversión o gravamen. «Prohibir o intentar impedir la compra genéricamente a ciudadanos europeos no se puede hacer, otra cosa son ciertas restricciones en aspectos muy concretos», añade.

Más escéptico se muestra Luis Capote, profesor de Derecho Civil de la Universidad de La Laguna, que ha desarrollado estudios y proyectos sobre el mercado inmobiliario de las Islas. «Las opciones no están claras y quizás no sean del gusto de la opinión pública porque los ciudadanos comunitarios tienen sus derechos y para establecer excepciones al Tratado de la UE tienen que estar muy justificadas y muy tasadas», indica. Canarias supone una excepción en el marco general europeo por ser una región ultraperiférica, con unas singularidades frente al resto y con un estatus especial que le confiere tener ayudas y contar con medidas específicas. Por eso Capote advierte que «el club comunitario no es a la carta sino que todos tienen que jugar con las mismas reglas, si quieres solicitar más limitaciones es posible que te pidan contrapartidas, hay que justificar de forma taxativa lo que se pretende limitar cuando afecta a la ciudadanía comunitaria», añade.

Escasa relevancia

El problema que se plantea de entrada a la Comunidad Autónoma para solicitar este tipo de medidas restrictivas es que la mayoría de los ciudadanos extranjeros que adquieren una casa en Canarias son comunitarios, en este caso alemanes, italianos, belgas o polacos, además de británicos, que ahora no pertenecen al espacio de la UE. La compra por parte de extracomunitarios no es tan relevante ya que hubo un ligero repunte cuando el Gobierno estableció la medida de la llamada golden visa, pero en Canarias su efecto no fue tan importante como en las grandes ciudades españolas. Por eso Luis Capote advierte que «habría que ver su impacto real, cuántos vienen de fuera de la UE a vivir o comprar casa aquí y de dónde vienen». Asimismo, este académico llama la atención sobre que una restricción a ciudadanos no comunitarios puede chocar con la promoción de Canarias como plataforma tricontinental y la atracción de inversiones extranjeras que se pretende fomentar en ciertos sectores para diversificar la economía canaria.

Hace unos años varios municipios de Flandes aprobaron restricciones a la transmisión de la propiedad a personas que no tenían suficiente vinculación con esas localidades por no residir en ellas. Una comisión debía evaluar esa «pertenencia». El asunto acabó en el Tribunal Constitucional belga y éste preguntó al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE). La Corte de Luxemburgo contestó que se podía condicionar la compra de pisos y casas en un país de la UE si hacerlo era de «interés general» y se justificaba. El TJUE entendió que ese no era el caso de los municipios de Flandes y la restricción no salió adelante.

Con este antecedente Luis Capote reitera que el «asidero jurídicos» debe ser bien fundamentado para que no lo tumbe el TJUE. «A día de hoy no se me ocurre como dar una respuesta y que al mismo tiempo no tenga consecuencias, es decir, lo que se gana por aquí se puede perder por otro lado», cuestiona.

Por su parte, la catedrática de Geografía Humana de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria (ULPGC), Josefina Domínguez, considera que «no se puede meter a todo el mundo en el mismo saco», por lo que habrá que determinar con detalle qué inversiones se pretenden restringir, los perfiles de los compradores o para qué es el inmueble que se adquiere. El argumento de ser RUP para lograr este tipo de medidas restrictivas «nunca se ha planteado ni concretado, por lo que habría que estudiar bien su impacto porque las cosas no son tan simples, hay que valorar exactamente qué se quiere regular porque las inversiones tienen muchos matices y situaciones distintas que se deben tener en cuenta», añade la profesora de la ULPGC.

Advertencias y fundamentos

Conceptos

Choque normativo

  • El profesor y abogado Gerardo Pérez recuerda que desde que España entró en la UE el concepto de extranjero se refiere formalmente a los ciudadanos de países que no son del espacio europeo, el resto son comunitarios, por lo que intentar impedir o restringir una inversión de estos ciudadanos choca frontalmente con los tratados de la UE.

Propuesta

Estado y Comisión

  • Josefina Domínguez remarca que cualquier tipo de medida para restringir derechos comunitarios tiene que partir del Estado miembro y ser aprobada por la Comisión Europea, por lo que Canarias solo propone con fundamentos jurídicos y legales.

Justificación

Reciprocidad negativa

  • Luis Capote advierte que una justificación taxativa desde Canarias puede contar con el principio de reciprocidad y afectar a los residentes en las Islas.

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