Declaran improcedente el despido de un cartero en Güímar tras desaparecer 23 paquetes

Fija la indemnización en algo más de 78.000 euros e incluso abre la puerta a que el denunciado sea readmitido

Declaran improcedente el despido de un cartero en Güímar tras desaparecer 23 paquetes

Declaran improcedente el despido de un cartero en Güímar tras desaparecer 23 paquetes / E. D.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha declarado improcedente el despido de un empleado destinado en la oficina de Correos de Güímar tras sospechar la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos que el acusado fue autor de la desaparición de al menos de 23 envíos en el plazo de un mes.

El TSJC, al igual que el Juzgado de lo Social, fija la indemnización en algo más de 78.000 euros e incluso abre la puerta a que el denunciado sea readmitido, al considerar endebles las pruebas aportadas por la entidad estatal, aunque el fallo es recurrible ante el Tribunal Supremo.

El trabajador estaba destinado desde 1989 en la unidad de distribución del municipio y fue despedido en 2021 por considerar Correos que incurrió en una falta "muy grave" en sus tareas de clasificación y reparto y descarga al tener libre acceso a las jaulas en las que se encuentran los paquetes.

En un momento dado, la empresa comenzó a detectar la pérdida continua de envíos por lo que le abrió un expediente administrativo a raíz de que desapareciera una carta certificada que contenía dos tarjetas personales de telefonía móvil.

Revisada la grabación de la cámara de seguridad, se detectó que sobre las seis y media de la mañana y durante varios días seguidos se repetían hechos semejantes, a veces depositando el envío en un punto ciego de la cámara y recogiéndolo después.

En otros casos, según la denuncia, el trabajador manipulaba e inspeccionaba minuciosamente el contenido de diferentes materiales, siempre a la misma hora, y a continuación lo introducía en su bolsillo y así en hasta una decena de ocasiones en esas mismas fechas.

Los hechos fueron declarados por los denunciantes como probados e imputables al empleado, y constitutivos de una falta disciplinaria continuada de carácter muy grave.

En concreto, se consideró que el trabajador había incurrido en una violación del secreto a la correspondencia mientras que él alegó que era el destinatario de los envíos, un argumento que el denunciante no consideró "coherente" dado que no es el procedimiento estipulado.

A la vez, se ve "improbable" que entre los miles de paquetes alguien pretendiera encontrar los dirigidos a él a base de remover las bandejas, a lo que se une que su domicilio no se encuentra en la zona de reparto de esta unidad.

La responsable de distribución alegó que tras la suspensión de empleo y sueldo cesaron totalmente las continuas reclamaciones por desaparición de envíos que se habían convertido en frecuentes hasta el punto de que en un sólo día llegaron a recibir hasta cinco.

La testigo cuantificó en 23 las desapariciones de las que se tuvo constancia entre junio y agosto de 2020 y que cesaron totalmente poco antes de que se concretara el despido.

A partir de aquí la Sociedad Estatal decidió presentar una denuncia ante la Guardia Civil y abrió un expediente sancionador y procedió al despido.

Pese a todo ello, el TSJC concluye que las pruebas eran más bien hipótesis, sólo se basaban en su mayor parte en grabaciones que no servían para probar la comisión de una falta muy grave ni para declarar procedente el cese de la relación laboral.

En estas instancia se reprocha a Correos que se limitó a argumentar que ha habido reclamaciones de clientes y una actitud sospechosa del actor, lo que no sería base suficiente para que su despido sea declarado procedente.