Entra en vigor la nueva norma que regula el tráfico y la movilidad en Santa Cruz

La ordenanza recoge la implantación de aparcamientos con limitación horaria y de zonas de velocidad reducida

Las sanciones oscilan entre los 100 y los 500 euros

Tráfico en Santa Cruz de Tenerife.

Tráfico en Santa Cruz de Tenerife. / Carsten W. Lauritsen

Tras un largo procedimiento administrativo, este viernes, 9 de febrero, entra en vigor la nueva Ordenanza de Tráficode la capital, con la que el Ayuntamiento pretende implantar en el municipio un nuevo modelo de movilidad, «bajo una clara premisa: Santa Cruz debe ser una ciudad amable con sus peatones».

Esta norma sustituye a la aprobada en 1985 e introduce importantes novedades, como la regulación de las Zonas de Convivencia Modal, para priorizar al peatón y el uso de bicicletas y patinetes en las vías de la capital; la implantación de la Zona de Bajas Emisiones, para restringir el tráfico; la regulación de Zonas de Espera Adelantada, para facilitar la circulación a las motos, bicicletas y patinetes; la implantación del aparcamiento con limitación horaria, gratuito o de pago; y la regulación de los vehículos de movilidad personal (VMP).

Esta ordenanza establece también todo lo que está prohibido en Santa Cruz en relación a la circulación y a la movilidad, así como las cuantías de las multas a las que tendrán que enfrentarse los infractores.

Entre las prohibiciones se encuentran el estacionamiento durante más de 10 días en un mismo lugar o durante más de 48 horas en las playas de Las Teresitas y Las Gaviotas, en el Parque Marítimo y en el Palmétum; la mendicidad en los semáforos, ocupando «la calzada o sus inmediaciones con actividades como malabares, venta de pañuelos, venta ambulante o limpieza de parabrisas»; jugar a la pelota, con patines o monopatines en la calzada, así como en aquellos lugares donde no esté permitido; circular con patinetes sin casco; y el acoso con la pita o las luces de los coches. La norma está publicada en la web municipal (www.santacruzdetenerife.es) y en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) del 17 de enero.

Las cuantías de las multas para aquellos que incumplan la nueva Ordenanza de Circulación y Movilidad de Santa Cruz de Tenerife oscilan, «con carácter general», entre los 100 y los 500 euros. En la norma municipal de Tráfico que se aprobó en el año 2019, la cual fue anulada por el Tribunal Supremo por un defecto en la tramitación, las sanciones podían llegar hasta los 800 euros, y en la que estaba vigente hasta ahora, del año 1985, hasta los 120 euros.

Objetivos

Según destaca el área de Movilidad, que dirige la edil Evelyn Alonso, esta ordenanza regula el uso del espacio público viario y peatonal, con el propósito de implantar un nuevo modelo de movilidad en la capital, así como mecanismos que mejoren la calidad de vida en el municipio. «Todo ello bajo una clara premisa: Santa Cruz de Tenerife debe ser una ciudad amable con sus peatones, accesible y segura».

Zonas de Convivencia Modal

La norma regula las denominadas Zonas de Convivencia Modal, que se definen como espacios de la ciudad que tienen como objetivo promover, en convivencia con el automóvil, «los medios blandos de transporte», es decir, desplazamientos a pie, en bicicleta o en patinetes eléctricos, y en donde éstos tienen preferencia sobre los vehículos a motor. A efectos de esta ordenanza se establecen las Zonas 30, en las que los coches no podrán circular a más de 30 kilómetros por hora y en las que los peatones, bicicletas, patines, monopatines y VMP tienen prioridad; las Zonas de Prioridad Peatonal, a las que sólo podrán acceder los vehículos motorizados que cuenten con autorización municipal expresa; en las que no se podrá circular a más de 20 kilómetros por hora, y en las que los vehículos no motorizados tendrán que adaptarse a la velocidad de los peatones; y Zonas Peatonales, en las que el acceso a todo tipo de vehículos estará restringido.

Zona de Bajas Emisiones

La nueva Ordenanza de Tráfico de Santa Cruz recoge la implantación de la Zona de Bajas Emisiones (ZBE) en la ciudad, en la que «se aplicarán restricciones de acceso, circulación y estacionamiento, conforme a la clasificación de los vehículos por su nivel de emisiones». Dicha ZBE se establecerá en el centro de la ciudad, tal y como ya lo ha anunciado el Consistorio.

Zonas de espera adelantada

En las intersecciones reguladas por semáforos podrá delimitarse, mediante la correspondiente señalización, el espacio de espera para uso exclusivo de motos, ciclomotores y, en su caso, bicicletas y VMP. Se podrán utilizar esta zonas cuando los automóviles estén completamente parados.

Normas de comportamiento de los peatones

Se establecen una serie de normas para los peatones, como la obligación, por parte de quienes se desplacen con patines, monopatines, patinetes o con ciclos, de acomodar su marcha a la del resto de peatones, «evitando causar molestias o crear peligro»; la prohibición en las calzadas de juegos de pelota, monopatines y patines; la prohibición, por parte de los viandantes, de ocupar los carriles bici; la prohibición de ocupar la calzada o sus inmediaciones realizando actividades tales como malabares, venta de pañuelos, venta ambulante, limpieza de parabrisas, reparto de publicidad u otras, «aprovechando las detenciones o retenciones originadas por las señales reguladoras de tráfico»; y la prohibición de cruzar la calzada por lugares distintos a los autorizados.

Bicicletas y patinetes

La nueva ordenanza municipal regula el uso en Santa Cruz de las bicicletas y de los VMP, como patinetes eléctricos. Con respecto a las bicicletas, se indica, por ejemplo, que éstas deben circular por la calzada y vías ciclistas, estando «expresamente prohibida su circulación por las aceras, espacios peatonales, calles peatonales, plazas, parques y paseos». También se establece que «las personas ciclistas no podrán cruzar los pasos de peatones pedaleando». Sobre los vehículos de movilidad personal, la nueva norma determina, por ejemplo, que éstos tampoco podrán circular por las aceras, espacios y calles peatonales, plazas, parques y paseos; que la edad mínima necesaria para circular con un VMP por las vías y espacios públicos es de 15 años, y que es obligatorio el uso del casco.

Estacionamiento

La ordenanza regula todo lo relacionado con el aparcamiento en la capital chicharrera y, además, introduce la creación de las denominadas Zonas de Estacionamiento Regulado (ZER) en las calles de Santa Cruz, con limitación horaria, que pueden ser gratuitas o de pago. Con respecto a lo primero, entre las prohibiciones que recoge la norma se encuentra la de estacionar en la vía pública durante 10 ó más días, o más de 48 horas en las playas de Las Teresitas y Las Gaviotas, el Parque Marítimo y el Palmétum. Sobre las ZER, se explica que éstas se configuran como «el instrumento para la asignación de un recurso escaso como es el espacio de estacionamiento de vehículos en la vía pública, promoviendo la adecuada rotación».

Infracciones y multas

Para las infracciones calificadas de «muy graves», como realizar maniobras de acoso con las luces, claxon u otros elementos de los vehículos, o sin respetar las distancias de seguridad, se establece una única cuantía de 500 euros. Para las infracciones consideradas «graves», la cuantía de las multas es de 200 euros. Entre éstas se encuentran la ocupación de la calzada o sus inmediaciones «realizando actividades tales como malabares, venta de pañuelos, venta ambulante, limpieza de parabrisas, reparto de publicidad u otras, aprovechando las detenciones o retenciones originadas por las señales reguladoras del tráfico». Y para las infracciones «leves», como circular con patines, monopatines, patinetes y aparatos similares no motorizados por vías o zonas donde esté prohibida su circulación o causando molestia a los peatones, las sanciones son de 100 euros.

Otros aspectos que regula la nueva ordenanza municipal

La norma de Tráfico que hoy entra en vigor está formada por 134 artículos. Además de lo ya mencionado anteriormente, también regula la vigilancia, regulación y ordenación del tráfico, apartado en el que se incluyen las funciones de los agentes de la Policía Local; la ordenación especial del tráfico por razones medioambientales, de seguridad o fluidez de la circulación;el cierre de vías por la celebración de eventos;la colocación, conservación, retirada y alteración de señales; el transporte de mercancías;la Zona Urban, y los Caminos Escolares Seguros. Asimismo, regula las normas generales de carga y descarga; las reservas de estacionamiento; los vados;y la inmovilización, retirada, depósito y tratamiento residual de vehículos.

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