Segundo varapalo judicial al Catálogo de símbolos franquistas en Santa Cruz en menos de un mes

El TSJC admite la petición de Santa Cruz y suspende, como medida cautelar, el documento del Gobierno canario por sólo incluir a este municipio | Uno de los jueces emite un voto particular para discrepar de "las afirmaciones de carácter histórico"

Monumento a Franco situado en la avenida de Anaga.

Monumento a Franco situado en la avenida de Anaga. / María Pisaca

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha admitido la petición del Ayuntamiento de Santa Cruz de suspensión del Catálogo de símbolos franquistas aprobado por el Gobierno de Canarias, confirmando los argumentos dados por el Consistorio. Éstos son que el documento debe incluir los 88 municipios de Canarias y no sólo a la capital tinerfeña, y que se debió contar con la Corporación local chicharrera para elaborar el listado de vestigios franquistas existentes aún en Santa Cruz.

Ésta es la segunda vez en menos de un mes que el TSJC acuerda la adopación de la medida cautelar de suspensión del citado Catálogo. La primera se produjo a principios de mayo, cuando se estimó la solicitud realizada por la Asociación Reivindicativa de la Memoria Histórica Raíces para que se suspendiera la aprobación del documento debido a que éste no había sido publicado, íntegramente, en el Boletín Oficial de Canarias (BOC).

El 10 de mayo, el Ejecutivo canario, que había limitado la publicación de las 2.596 páginas del Catálogo en un enlace de la página web de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes, corrigió el "error" y el documento se incluyó en el BOC de dicho día, para que la suspención fuese levantada. Sin embargo, ahora el TSJC vuelve a suspenderlo, pero esta vez por los argumentos esgrimidos por el Ayuntamiento chicharrero. Esto significa que, en esta ocasión, habrá que esperar a que se resuelva el recurso contencioso administrativo presentado por la capital tinerfeña contra la Orden de 4 de noviembre de 2022, de la citada Consejería, por la que se aprueba el Catálogo de símbolos, calles, monumentos y menciones franquistas existentes en el ámbito territorial de Canarias.

Este último auto del TSJC, que se refiere a la solicitud de medida cautelar planteada por el Ayuntamiento, hace referencia, por un lado, a la "falta de audiencia en la elaboración del Catálogo" y, por otro lado, a la aprobación de un documento de "ámbito autonómico, pero que sólo se ha diseñado en exclusiva para la ciudad de Santa Cruz de Tenerife".

Con respecto a la falta de audiencia, en relación a que no se contó con el Consistorio chicharrero para la elaboración y aprobación del Catálogo, el auto entra en el fondo del asunto, señalando que la motivación para considerar un elemento franquista "ha de ser fundada y cuando menos discutida, porque no basta con cualquier relación con el franquismo, sino una participación activa y relevante en la sublevación o la ocupación de cargos de máxima importancia".

"Esto por lo visto no se ha barajado de forma atemperada por los elaboradores del Catálogo, como indica que el primero de los enunciados en el capítulo de militares, voluntarios y civiles fallecidos en la Guerra Civil sea José Calvo Sotelo, que ni falleció en esa guerra, ni fue militar, ni voluntario, ni nada. Era un parlamentario elegido democráticamente por el pueblo y fue asesinado por la policía del Estado el 13 de julio de 1936, antes de la sublevación militar y de la guerra".

En el auto, firmado por los magistrados Jaime Guilarte Martín-Calero y Evaristo González González, también se ponen los ejemplos del busto y la glorieta del Arquitecto Marrero, la calle dedicada a Pintor José Aguiar y su declaración de hijo adoptivo, y el busto de Joaquín Amigó de Lara por su condición de fundador del colegio de Aparejadores, estableciendo que se trata de personas reconocidas por su capacitación profesional o artística y "no por su participación activa en la sublevación ni por ocupación de cargos de máxima importancia con el régimen anterior". El auto habla del derecho a disentir de que esto sea así y de que "personas honorables puedan ser manchadas con el deshonor de aparecer como represores de víctimas del franquismo".

Voto particular

Precisamente por estos últimos argumentos, uno de los jueces, el magistrado Evaristo González, que sí está de acuerdo con los motivos de la suspensión, formula un voto particular para discrepar de dicho contenido del auto, al entender que estos "criterios jurisprudenciales expuestos tocan ya el fondo del asunto y tendrían que haberse evitado en fase procesal". Y también discrepa de la afirmaciones de carácter histórico que se realizan "a propósito de Calvo Sotelo, Marrero, Aguiar y Amigó de Lara, que este magistrado no suscribe".

Asimismo, este juez no está de acuerdo con otra de las afirmaciones que se realizan en el auto, con la que se dice que "en una de las órdenes más susceptibles y necesitadas de interpretación, que puede suponer la descalificación de personas, se queda a expensas de un informe externo de la Universidad y se priva a posibles interesados de la defensa de sus casos concretos".

Por otra parte, el TSJC da la razón al Ayuntamiento de la capital en su segundo argumento, en el de que el Catálogo debe incluir los 88 municipios de Canarias. "Se ha aprobado un catálogo de símbolos, calles, monumentos y menciones franquistas existentes en Santa Cruz de Tenerife, por lo que no tiene ni siquiera ámbito insular, ni ámbito provincial, ni mucho menos ámbito autonómico, que es el recogido por el mandato de la Ley Canaria 5/2018, de 14 de diciembre, de Memoria Histórica".

El TSJC concluye que es un "grave quebranto" de forma la aprobación de un catálogo autonómico bajo la consideración de aprobación inicial que "suponemos definitiva para el municipio de Santa Cruz", porque el Gobierno de Canarias "no dispone de los datos relativos a los símbolos, calles y monumentos que deban figurar en el mismo para el resto de los sitios". En este sentido, el Ejecutivo canario siempre se ha defendido alegando que el Catálogo se irá completando a medida de que se vayan elaborando y aprobando los listados del resto de municipios del Archipiélago.

Para el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, tal motivación, por la que según el Gobierno sólo conoce los datos de Memoria Histórica de Santa Cruz, "ni es explicación de recibo, ni creíble, y, por tanto, es arbitraria, porque no explica por qué se comienza por Santa Cruz de Tenerife". "Además, causa indefensión al Ayuntamiento recurrente".

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El auto también hace referencia a que se ha omitido la "previa y preceptiva" aprobación por Consejo de Gobierno, previo debate en el Parlmanto de Canarias, de la Estrategia para la Memoria Histórica, que "fije los criterios de elaboración de un catálogo de ámbito regional", incluyendo los objetivos, las prioridades y la financiación necesaria.

"Resulta plenamente conforme a derecho la estimación de la medida cautelar propuesta por el Ayuntamiento, toda vez que de no suspenderse la orden recurrida, el efecto sería la ejecutividad inmediata de todo el contenido en el catálogo y el deber exigible de las administraciones públicas y entidades obligadas a hacerlo. En el caso de estimación del recurso, la reparación tendría efectos claramente irreparables", concluye el auto.

El alcalde de Santa Cruz, José Manuel Bermúdez (CC), afirma que la Justicia "ha demostrado que el PSOE y Podemos han hecho un uso político" de la Ley de Memoria Histórica. "Han tratado de ofender a la capital, han tachado de franquista esta ciudad y a todos sus habitantes. Y han intentado hacerme daño a mí, como alcalde", añade,

Bermúdez apunta que el Ayuntamiento lleva meses advirtiendo de que la postura del Gobierno de Canarias era "completamente injusta" con Santa Cruz y, comenta, "hemos tenido que pedir amparo a los tribunales, que nos han dado la razón". "No han señalado a otros municipios en los que quedan vestigios franquistas, se han ensañado con Santa Cruz y sus ciudadanos, y eso es algo que no puedo ni voy a tolerar".

79 símbolos

El Catálogo de vestigios franquistas de Santa Cruz, aprobado por el Gobierno canario en noviembre del año pasado, ordena la retirada de 79 símbolos "ilegales" que aún existen en el municipio, según el documento, como monumentos y calles. Éste fue elaborado por el equipo de investigación integrado por las doctoras María Isabel Navarro y Yolanda Peralta, y por el doctor Ricardo Guerra, de la Universidad de La Laguna (ULL). Entre los vestigios que "deben ser retirados de forma definitiva del espacio público", según el catálogo, se encuentran el Monumento a Franco (1966), situado en la avenida de Anaga; el Monumento a los Caídos (1947), ubicado en la plaza de España; el busto a Joaquín Amigó de Lara (1986); las placas del Instituto Nacional de la Vivienda (1957) o la lápida a los Caídos de Igueste de San Andrés (1975).

En cuanto a las denominaciones, incluye vías como el puente General Serrador (1943), la calle Calvo Sotelo (1936) o el paseo Francisco Aguilar y Paz (1994), además de barrios como la Victoria, y centros educativos como el colegio Fray Albino (1944), entre otros. Asimismo, incluye también al Mercado Nuestra Señora de África, cuyo nombre debe cambiarse. Los honores y las distinciones se refieren a más de 130 personas.

Procesos judiciales abiertos

En la actualidad, existen tres procesos judiciales abiertos contra el Catálogo de símbolos franquistas, por los recursos presentados por el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, por la Asociación Reivindicativa de la Memoria Histórica Raíces y por la Asociación San Miguel Arcángel. Ésta última reclama, en concreto, la declaración del Monumento a Franco situado en la avenida de Anaga, en la capital chicharrera, como Bien de Interés Cultural (BIC).

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