Elecciones gallegas

La JEC abre expediente sancionador al PP de Galicia por un vídeo de contenido electoral

La denuncia del PSdeG remarcaba que el vídeo contenía frases con "un claro carácter electoralista junto con el lema y las siglas empleadas por el PP" que no puede ser considerado "actividad ordinaria de un partido"

El presidente de la Xunta, Alfondo Rueda.

El presidente de la Xunta, Alfondo Rueda. / EFE

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La Junta Electoral Central ha estimado un recurso contra una resolución del organismo en Galicia y ha determinado la necesidad de incoar un expediente sancionador al PPdeG por un vídeo que difundió en internet y por reincidir en infracciones.

El pasado 29 de enero, la Junta Electoral de Galicia estimó una denuncia del PSdeG y ordenó al PPdeG "la retirada inmediata" de redes sociales de un vídeo dentro de la campaña 'Illa de Estabilidade (Isla de Estabilidad)' por considerarlo contenido electoral.

Sin embargo, no apreció "motivos suficientes" para incoar un proceso sancionador contra el PP, una cuestión que ahora revoca la Junta Electoral Central porque el efecto del vídeo continúa en internet y los populares son reincidentes en esta infracción.

"Procederá a incoar expediente sancionador para depurar la responsabilidad posible", dice el nuevo acuerdo, firme en la vía administrativa pero con posibilidad de recurso ante el Tribunal Supremo.

La denuncia del PSdeG remarcaba que el vídeo contenía frases con "un claro carácter electoralista junto con el lema y las siglas empleadas por el PP" que no puede ser considerado "actividad ordinaria de un partido".

El organismo electoral gallego determinó que "el hecho de que no se pida expresamente el voto del elector no es motivo para no considerar como propaganda electoral cualquier actividad que directa o indirectamente pretenda la captación de votos".

En el presente caso, sostuvo, se incluían mensajes que reflejan la intención de persuadir al elector en orden a apoyar a dicha formación política.

La Junta Electoral Central defiende ahora que la retirada del vídeo no es suficiente porque "los efectos derivados de su difusión" en internet continúan tras su eliminación de las redes del PPdeG.

Además, establece que la propia Junta Electoral de Galicia ya había estimado en dos ocasiones infracciones similares por parte del PPdeG.

"Este conjunto de circunstancias conforma un marco que determina la necesidad de incoar un expediente sancionador", concluye.