Protección de datos
Multa a Glovo con 550.000 euros por violar la privacidad de los repartidores
La compañía permite a los empleados con acceso al sistema interno conocer su "ubicación geográfica", así como las "comunicaciones intercambiadas con el operador de la plataforma a través de correos electrónicos, chats y llamadas de teléfono"
Carles Planas Bou
Glovo sigue acumulando multas. La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha impuesto una sanción de 550.000 euros a la empresa de servicios de comida a domicilio por violar la privacidad de sus repartidores al someterlos a una vigilancia que considerada excesiva.
Después de más de tres años de investigación, el regulador español concluye en su resolución que Glovo hace un trato abusivo de los datos de los 'riders'. Así, permite a los empleados con acceso al sistema interno conocer su "ubicación geográfica (en tiempo real)", así como las "comunicaciones intercambiadas con el operador de la plataforma a través de correos electrónicos, chats y llamadas de teléfono".
La compañía también monitoriza a los repartidores a través de su aplicación móvil y conoce las rutas seguidas, el tiempo de entrega, el cumplimiento de órdenes y sus valoraciones.
La AEPD empezó a investigar este caso en 2020, tras ser alertada por su homólogo italiano. La Agencia determina ahora que la compañía fundada en Barcelona por Oscar Pierre y Sacha Michaud ha vulnerado tres artículos del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), la ley de privacidad europea. Así, el regulador determina que Glovo ha tratado más datos personales de los necesarios, también "de repartidores de países que no era necesario tratar". El diseño de su 'app' "no garantizaba el cumplimiento de los principios de protección de datos".
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