El TSJC niega acumular permisos de paternidad a familias monoparentales
El Tribunal revoca la sentencia que permitió a una mujer ampliar el periodo hasta
26 semanas y lo mantiene en 16 | El juez reconoce la vulnerabilidad de los casos
«El/la cabeza de familia monoparental no tiene derecho a acumular los permisos de paternidad y maternidad en una sola persona», así lo ha establecido la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) en una sentencia que revoca el mandato de un juzgado de primera instancia de Las Palmas de Gran Canaria que, en octubre de 2021, reconoció el derecho de una vecina de Telde a disponer de un permiso de maternidad acumulado por un periodo de 10 semanas más de las que le disponía el Estado, pasando de 16 a 26 semanas.
El alto tribunal autonómico estima que se debe modificar la sentencia en base a la resolución de la Seguridad Social, que concedía a la fémina únicamente 16 semanas de permiso retribuido con 72,61 euros diarios. La mujer, que puede recurrir el veredicto, se sometió a una inseminación artificial y decidió criar a su hijo sola.
Suplantar al Estado
El juez que dictó sentencia, Óscar González Prieto, reconoce la situación «de necesidad» de las familias monoparentales «que incrementa el riesgo de vulnerabilidad y exclusión social, dificultando la conciliación entre la vida familiar y laboral». A su vez, añade que esta «evidente situación de necesidad resultaría merecedora de una especial regulación, que removiera los obstáculos que dificultan o impiden la libertad de elección partiendo del reconocimiento de la diversidad familiar».
Sin embargo, el magistrado recalca que otorgar una mayor protección a este tipo de núcleos familiares no es competencia del poder judicial. «No corresponde a los jueces y tribunales configurar derechos de alcance prestacional al margen de los principios básicos del sistema y de su preceptiva configuración legal, suplantando las funciones asignadas a otro poder del Estado», puntualiza.
Según el fallo, la Seguridad Social reconoció a la teldense el derecho a 16 semanas de permiso remunerado justo ocho días después del parto, que tuvo lugar el cinco de abril de 2021. En junio, la mujer acudió al juzgado para interponer una reclamación en la que solicitaba, por tratarse de una familia monoparental, la ampliación de la licencia a 32 semanas. Ante los hechos, la magistratura estimó parcialmente la demanda y reconoció el derecho de la afectada a un total de 26 semanas de permiso, 10 más de las que le reconocía el Estado. «Declaro el derecho de la parte actora al percibo de la prestación por nacimiento y cuidado», señaló el fallo. A raíz del dictamen, el Instituto Nacional de la Seguridad Social presentó un recuso de suplicación ante la Sala de lo Social del TSJC en su sede de Las Palmas, que «impugnó de contrario» la ampliación de las semanas de permiso concedida por el juzgado de primera instancia.
La judicatura considera que el tratamiento legal es idéntico con independencia del modelo de familia y sus integrantes.
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