La cesión de personal autonómico a los municipios fracasa tras casi tres años

53 ayuntamientos y cinco cabildos han firmado convenios con el Gobierno para compartir listas de reserva | La Fecam admite que no se cubren las expectativas

Pleno del Ayuntamiento de La Laguna, uno de los consistorios que han solicitado personal a la Comunidad Autónoma. | | E.D.

Pleno del Ayuntamiento de La Laguna, uno de los consistorios que han solicitado personal a la Comunidad Autónoma. | | E.D. / R. Acosta

En noviembre de 2020 el Gobierno regional y la Federación Canaria de Municipios (Fecam) sellaron un convenio para el uso compartido de las listas de reserva de personal interino y laboral temporal. Todavía en plena pandemia del Covid, las administraciones canarias, incluidos la mayoría de los cabildos, se ponían de acuerdo para intercambiarse personal en caso de necesidad perentoria y cubrir huecos necesarios para el normal funcionamiento de los servicios públicos. La falta de empleados, sobre todo de categorías superiores, ha supuesto en los últimos años un lastre para las corporaciones locales y un estancamiento generalizado de muchos servicios municipales. Con este convenio la Comunidad Autónoma cedería personal de listas de reserva a demanda de los ayuntamientos y cabildos, eso sí, siempre y cuando el trabajador estuviese dispuesto a trasladarse a la corporación que solicitase un puesto de su categoría.

Sin embargo los efectos de esta iniciativa han sido un fracaso en la práctica. El presidente de la Comisión de Administración Pública y Seguridad de la Fecam, Tomás Pérez, admite que el traslado de funcionarios de la Comunidad Autónoma a los ayuntamientos que han solicitado cubrir puestos de determinadas categorías, sobre todo los grupos superiores –A1 y A2, «ha sido prácticamente nulo». Según Pérez «el Gobierno también ha necesitado personal para la gestión de los fondos europeos, por lo que ha sido más bien al contrario», de tal forma que hay empleados públicos de las corporaciones locales que se han trasladado de forma temporal a la Administración autonómica.

La mayor demanda se centra en las categorías superiores de los funcionarios

«Realmente en cubrir las expectativas de los ayuntamientos no hemos tenido mucho éxito», añade el también alcalde de La Aldea. La demanda de las categorías más cualificadas de funcionarios se debe a las carencias que tienen las corporaciones locales de este tipo de puestos «pero es que también la Comunidad Autónoma tiene falta de algunas de estas categorías» , añade, de tal forma que tampoco hay listas de reserva de determinadas escalas.

60% de las corporaciones

No obstante, Tomás Pérez mantiene que los convenios seguirán adelante ya que no solo son los que han firmado las corporaciones con el Ejecutivo regional, sino que también hay ayuntamientos que han suscrito compartir las listas de reserva de los cabildos e incluso entre ayuntamientos de la misma isla.

Hasta el momento 53 ayuntamientos –el 60% de las corporaciones canarias– han firmado el convenio de uso compartido de las listas de reserva con el Gobierno autonómico, además de cinco de los siete cabildos. Ayuntamientos como Santa Cruz de Tenerife, La Laguna, Arrecife, Puerto del Rosario, Valverde, Santa Cruz de La Palma, Arucas, Arona, Puerto de la Cruz o San Bartolomé de Tirajana, además de buena parte de los ayuntamientos pequeños de las Islas, se han unido a esta iniciativa que, según el convenio marco, durará cuatro años.

Los datos oficiales muestran que en los años 2021, 2022 y primeros meses de 2023 las solicitudes tramitadas desde los cabildos y ayuntamientos para solicitar empleados de las listas de reservas autonómicas fueron cerca de 120. La gran mayoría de las peticiones correspondieron a categorías como administradores generales, ingenieros de diferentes especialidades, arquitectos, abogados, técnicos de prevención, informáticos, técnicos de grado superior o gestión general. En menor medida se demandaron administrativos, auxiliares y otras categorías inferiores.

Y es que se han solicitado categorías donde no había listas de reserva, o no había personal disponible o porque sencillamente el trabajador no ha querido trasladarse a la Administración que ha demandado sus servicios. De hecho, el convenio garantiza que la Administración que realice el llamamiento informará expresamente a las personas aspirantes que el mismo se realiza por este convenio, así como del derecho que les asiste para rechazar la oferta de nombramiento o contratación sin que le comporte ninguna consecuencia jurídica desfavorable respecto a la lista de reserva de la que forma parte.

Los empleados tienen libertad para aceptar o no el traslado y no se les excluye de la lista

Asimismo, el nombramiento o contratación efectuado por la Administración solicitante no impedirá que la persona nombrada o contratada sea llamada por la Administración titular de la lista de reserva, cuando por razón del orden de la misma le corresponda. En estos casos, la no aceptación de un llamamiento o contratación efectuado no comportará la exclusión de la persona de la lista de reserva ni ninguna otra consecuencia jurídica desfavorable. El cese de la persona nombrada o la extinción del vínculo laboral, incluida la renuncia, tampoco podrá comportar la exclusión ni ninguna otra consecuencia jurídica desfavorable en la lista de reserva de origen.

La Dirección General de Función Pública ha actuado como un organismo intermediario que recibe las peticiones de las corporaciones locales y remite la demanda a los interesados que están apuntados en la lista de reserva. En el caso de que no haya personal disponible de la categoría reclamada o no haya lista de reserva se le comunica a la entidad local. Si el trabajador acude al llamamiento y se traslada o no a ese puesto ya no se controla por Función Pública porque no afecta a su presencia en la lista de reserva.

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