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Sánchez revuelve las aguas

El giro de España en el conflicto del Sáhara reabre la negociación de la frontera marítima

con Rabat, pero cualquier pacto sobre aguas saharauis quedaría al margen de la legalidad

Sánchez revuelve las aguas

La relación entre Marruecos y España entra en una nueva etapa. Pedro Sánchez ha bendecido la propuesta de Rabat para acabar con el conflicto del Sáhara Occidental como la más «seria, realista y creíble». La solución del reino alauí es conceder autonomía política a los territorios en disputa. El Sáhara se convertiría así en una suerte de comunidad autónoma a la española, pero eso sí, bajo soberanía marroquí. Una soberanía que alcanzaría también a las aguas saharauis, las mismas sobre las que Rabat ejerce, como en tierra, un control de facto pero no de iure.

Es precisamente la cuestión de las aguas del Sáhara Occidental la que ha reabierto a su vez la cuestión del mar canario y las aguas canarias. Máxime después de que Marruecos y España, en este nuevo clima de concordia propiciado por el giro que el Gobierno le ha dado a la histórica neutralidad del país en el conflicto entre Rabat y el Polisario, hayan decidido reactivar el grupo de trabajo constituido en 2003 para intentar un acuerdo sobre la delimitación de las aguas que separan a las Islas del reino alauí. El acuerdo se antoja difícil, pero más allá de eso, cualquier pacto entre Rabat y Madrid que incluya las aguas saharauis no tendrá validez en el plano internacional.

Ambos Estados podrán firmar un tratado sobre la delimitación de las aguas entre España y Marruecos, pero entre España y Marruecos en sentido estricto, es decir, sin incluir el mar que baña la costa saharaui. Esto último, más allá de acuerdos bilaterales al margen del Derecho internacional, solo sería posible si Rabat, como ambiciona, llegara en algún momento a ejercer una soberanía reconocida sobre el Sáhara Occidental, lo que en el reino alauí llaman sus provincias del sur. Hasta entonces, las aguas son saharauis por más que el control, de hecho, lo tenga Marruecos. Por eso ni Madrid puede entregar las aguas del Sáhara a Rabat ni Rabat tiene ni tendrá derechos sobre el mar saharaui sin una solución reconocida internacionalmente al conflicto con el Frente Polisario. De modo que en el mar pasa lo mismo que en la tierra: una cosa es el control y otra, el derecho a controlar. ¿Qué ha cambiado entonces para las aguas canarias con el giro copernicano de España, o más bien de Sánchez, en la cuestión del Sáhara Occidental? «Nada», al menos por ahora.

La visión de un experto

Así lo explica el profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de La Laguna Vicente Navarro Marchante, uno de los mayores expertos en el asunto de la delimitación de las aguas canario-marroquíes. Navarro Marchante puntualiza que España, en lo relativo al reparto de la soberanía sobre la franja de mar entre las Islas y el Sáhara Occidental –que no Marruecos a efectos del derecho marítimo–, tendrá que negociar. Tendrá que negociar con una futura República Árabe Saharaui Democrática (RASD) con pleno reconocimiento o con un Marruecos que ejerza un control de derecho y no solo de hecho sobre las provincias del sur. Pero en cualquier caso tendrá que negociar. En ese último e hipotético escenario, con una comunidad autónoma saharaui bajo bandera marroquí –esa solución «seria, realista y creíble», según Pedro Sánchez–, España solo tendría que negociar con Marruecos. «Ese sería el único cambio», ahonda el profesor de Derecho Constitucional, ya que de lo contrario, y más allá de políticas de hechos consumados, la negociación entre Madrid y Rabat debe o debería circunscribirse a las aguas canario-marroquíes, mientras que en lo tocante a las aguas canario-saharauis las conversaciones serían con la RASD. Negociar con uno o con dos Estados, pero negociar al fin y al cabo. Y quien negocia es en todo caso Madrid, no Canarias, ya que las tan mencionadas aguas canarias son en realidad aguas de España, que es el Estado soberano. Ahora bien, ¿qué son las aguas canarias y qué se puede y no se puede negociar?

Ni Madrid puede entregar las aguas del Sáhara a Rabat ni Rabat tiene ni tendrá derechos sobre el mar saharaui sin una solución al conflicto reconocida internacionalmente

El 6 de noviembre de 2018 entra en vigor la reforma del Estatuto de Autonomía de Canarias. Desde ese momento, la particular constitución de las Islas incluye las aguas interinsulares en su «ámbito espacial». «Sin perjuicio de la delimitación de las líneas de base existentes, entre los puntos extremos más salientes de las islas e islotes se trazará un contorno perimetral que siga la configuración general del Archipiélago; las aguas que queden integradas dentro de este contorno perimetral recibirán la denominación de aguas canarias y constituyen el especial ámbito marítimo de la Comunidad Autónoma», reza el Estatuto. Se trató de un paso más en la concepción de la región «como un conjunto de islas unidas, y no separadas, por el mar», tal como explicó en su momento el propio Vicente Navarro Marchante en un análisis tras la modificación del Estatuto. ¿Qué efectos jurídicos tiene este reconocimiento del mar interior como parte del territorio de la Comunidad Autónoma? En lo que al derecho del mar se refiere, ninguno: las aguas interinsulares de Canarias siguen siendo tan internacionales como antes de la modificación del Estatuto. ¿Por qué? Porque la delimitación de los espacios marítimos de los Estados se regula por lo establecido en el Convenio de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, firmado en 1982 en Montego Bay, Jamaica, y en vigor desde 1994. España está supeditada al convenio de Montego Bay desde 1997, y una ley nacional, en este caso el Estatuto canario, no puede alterar el estatus jurídico de las aguas en torno a Canarias. En definitiva, una ley nacional no puede modificar una ley internacional. Justo por eso el legislador puntualiza en la carta magna isleña que la inclusión de las aguas interinsulares como parte de la Comunidad Autónoma no implica modificar los espacios marítimos que prevé el Derecho internacional.

En la práctica, ese reconocimiento tan solo tiene efectos de puertas adentro, esto es, refuerza la posición de las instituciones autonómicas a la hora de implicarse y participar en las competencias nacionales, y exclusivamente nacionales, en esas aguas. Hubo, eso sí, una segunda consecuencia digamos semántica, y es que las aguas interinsulares han sido rebautizadas desde entonces como mar canario, hasta el punto de establecerse una diferencia más o menos evidente entre ese inexacto mar canario y unas más amplias aguas canarias, que se extenderían más allá. Si se da por buena esa diferenciación más o menos espontánea entre el mar canario –las aguas interinsulares que el Estatuto de Autonomía reconoce como parte del territorio de la comunidad aunque sin efectos jurídicos en el plano internacional– y las aguas canarias, es en estas últimas donde el asunto se complica.

El derecho del mar consagra el establecimiento de las fronteras marítimas entre países colindantes al acuerdo entre ambos Estados. Sin acuerdo, rige el criterio de la mediana

Los Estados, los países, son soberanos no solo sobre un determinado territorio, sino también sobre las 12 primeras millas náuticas –22 kilómetros– a partir de su costa. Es lo que se llama el mar territorial. Así que España tiene autoridad sobre Canarias y sobre su mar territorial. Aquí Madrid, y por ende el Archipiélago, no tiene ningún conflicto de interés con ningún otro Estado. La controversia empieza más allá de esas 12 millas náuticas.

La ley del mar permite que los países establezcan una Zona Económica Exclusiva (ZEE) hasta un máximo de 200 millas desde sus costas. En esa ZEE, el Estado soberano tiene el derecho exclusivo para la explotación, la conservación, la exploración y la administración de los recursos. España tiene su ZEE en las aguas que circundan a las Islas. Pero claro, Marruecos, que tiene sus costas frente a las de Canarias, también quiere su ZEE. Resulta así que la Zona Económica Exclusiva canario-española no puede llegar a las 200 millas por su lado más oriental, ya que invadiría el mar territorial de Marruecos; y, a su vez, la ZEE de Marruecos tampoco puede extenderse hasta esas 200 millas en su zona más al sur, toda vez que sería entonces Rabat el que invadiría el mar territorial de España. De hecho, la distancia entre el litoral oriental –Lanzarote y Fuerteventura– del Archipiélago y el litoral marroquí es de unos cien kilómetros, y 200 millas náuticas equivalen a más de 370 kilómetros. Así pues, ni la ZEE de España puede alcanzar la distancia máxima permitida por el Derecho internacional al este de Canarias ni Marruecos puede aspirar a una ZEE, por así decirlo, de dimensiones considerables, ya que tiene a las Islas enfrente.

Ante esta encrucijada, y dado que nunca ha habido un acuerdo entre Rabat y Madrid sobre dónde fijar la frontera marítima, es la mediana entre ambos territorios, esa línea imaginaria que divide la franja de mar entre Marruecos y Canarias en dos mitades iguales, la que separa las aguas españolas de las del reino alauí. No en vano, el derecho del mar veta cualquier tipo de vía unilateral y consagra el establecimiento de las fronteras marítimas entre países colindantes al acuerdo entre ambos Estados. Sin este acuerdo, rige el criterio de la mediana.

Nuevas reuniones

Ahora, el Gobierno de Pedro Sánchez y el del reino alauí volverán a sentarse para llegar a un acuerdo sobre la delimitación de las aguas, al parecer con la participación del Ejecutivo canario. Madrid y Rabat son soberanos para decidir cambiar, o no, el criterio de la mediana para el reparto de las aguas al este del Archipiélago, pero es algo que se antoja harto difícil. Marruecos argumenta desde hace tiempo que debería corresponderle más de la mitad de ese brazo de mar que lo separa de la región porque tiene más kilómetros de costa y porque Canarias no es un Estado, sino un conjunto de islas que forma parte de un Estado. «En este caso debería aplicarse el principio de equidad; si uno tiene 750 kilómetros de costa y el otro, 10 kilómetros, no se puede aplicar la línea mediana», argumentaban desde el Gobierno marroquí a finales de 2019. España, por su parte, no va a renunciar a su 50% de ese río, de ahí que alcanzar un pacto al respecto parece un imposible. Sin embargo, en las conversaciones no será esta la cuestión mayor, sino la de las aguas del Sáhara Occidental.

Al quedar fuera de la Zona Económica Exclusiva, España solicita la extensión de su plataforma continental, lo que le daría derechos sobre ‘Tropic’. Pero Marruecos también pugna

Al margen del mar territorial y de la Zona Económica Exclusiva, los países también pueden solicitar la ampliación de su plataforma continental, lo que extiende los derechos para el aprovechamiento económico de los recursos hasta las 350 millas náuticas siempre que antes se demuestre, con informes geográficos, oceanográficos y jurídicos, que efectivamente el territorio submarino es continuidad de la zona terrestre sobre la que se ejerce la soberanía. España registró en 2014 su solicitud ante las Naciones Unidas, aún pendiente de resolver, para que se le reconozca la ampliación de la plataforma continental de Canarias. En el documento, España reconoce los solapamientos con áreas de influencia portuguesa –por Madeira– y del Sáhara Occidental, que no Marruecos. Pero de eso hace ya ocho años, mucho antes de que Sánchez celebrase la vía marroquí como la mejor solución al conflicto saharaui. El caso es que Rabat, tratando de extender de la tierra al mar la ocupación de los territorios en disputa, promulgó a finales de 2019 dos leyes en las que delimita sus aguas, incluyendo, claro, las del Sáhara Occidental.

Marruecos también aspira a la ampliación de su plataforma continental, y esta sería o será mucho mayor si se incluyen las aguas que en puridad son aguas saharauis. Si lo logra, para lo que de facto ya tiene la bendición política de Estados Unidos y ahora también la de la propia España, la expansión de su plataforma se solaparía con la canario-española en una amplia zona marítima que incluye el monte submarino Tropic.

El tesoro submarino

Al suroeste del Archipiélago, en concreto al suroeste de El Hierro, hay un conjunto de volcanes submarinos con potenciales reservas de cobalto, telurio y otros metales preciosos de gran valor. De momento son inexplotables, porque la minería submarina aún no es capaz de trabajar a tales profundidades, pero lo serán algún día. De esos volcanes, el único que no queda dentro de las 200 millas de la ZEE española es Tropic, al que los estudios señalan como la mayor reserva natural de telurio conocida hasta la fecha. Unas 2.600 toneladas de un metal que se paga a entre 200 y 500 dólares por kilo. Al quedar fuera de la ZEE, España solicita la extensión de su plataforma continental, lo que le daría derechos sobre Tropic. Pero Marruecos también pugna, y emplea el territorio ocupado del Sáhara Occidental para recalcular su área de influencia marítima. Es aquí donde hay que tener en cuenta algo que suele pasarse por alto, y es que España no podrá explotar Tropic sin negociar, porque en todo caso su plataforma continental se pisaría en esa zona con la del Sáhara. El viraje político de Sánchez muestra a las claras que el país ya ha identificado al interlocutor: Marruecos. Por eso este será el tema clave en las negociaciones sobre las aguas que van a mantener ambos Estados por más que ninguno de los dos tenga ni voz ni voto, no al menos al amparo de la legalidad internacional, sobre el mar que baña el Sáhara Occidental.

Y para muestra, un botón. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ya tumbó en su momento el acuerdo pesquero entre Bruselas y Rabat porque su ámbito de aplicación abarcaba las aguas saharauis. El territorio del Sáhara Occidental, recordaron los magistrados en la sentencia, «no forma parte del territorio del Reino de Marruecos», con lo que «las aguas adyacentes al territorio del Sáhara Occidental no están comprendidas en la zona de pesca marroquí». En última instancia, España y Marruecos pueden decidir sobre sus ZEE y sobre la mediana, pero no sobre las aguas saharauis. No al menos bajo el paraguas de la ley del mar.

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