Tribunal Supremo
Ratifican 12 años de cárcel por violar a su sobrino en Castellón
Sufrió agresiones sexuales de los siete hasta los 15 años en Cabanes y Vila-real
Núria B. Bigné
El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto y ha confirmado la condena a 12 años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Castellón a un hombre que agredió sexualmente durante años a su sobrino, menor de edad.
Concretamente, como ya contara El Periódico Mediterráneo, del Grupo Prensa Ibérica, lo hizo desde que la víctima tenía siete años y hasta sus 15 años. Entre los años 2012 y 2013 y en las visitas intermitentes que el niño realizaba a la vivienda de su tío (marido de la hermana de su madre), el condenado, sin antecedentes penales, aprovechando los momentos en que ambos se encontraban solos y movido del ánimo de satisfacer su ánimo lascivo, procedió en diversas ocasiones a acariciarle la espalda, muslos y sus partes íntimas, pensando el pequeño que se trataba de algo normal.
Los hechos
Entre los años 2016 y 2017, cuando el afectado contaba con 11 o 12 años y en la misma casa comenzó el adulto a pedirle al menor que le hiciera felaciones. Estas conductas lascivas del acusado se repitieron de forma frecuente cuando se encontraba a solas con el menor. Asimismo, entre 2016 y 2017, tumbó boca abajo a la víctima y lo agredió sexualmente, ocasionándole un gran dolor, según reza la sentencia ratificada. Estos hechos se repitieron un número indeterminado de veces, intensificándose los episodios sexuales mantenidos hasta llegar a una frecuencia de una o dos veces semanales, siendo la última vez que el acusado penetró al menor en el mes de enero de 2021.
Depresión y sentimiento de inutilidad como secuelas
Como consecuencia de estos hechos, tal y como recoge el documento judicial, el afectado presenta una afectación psicológica con sintomatología depresiva, ánimo disfórico, anhedonia, anergia, sentimientos de inutilidad y culpa, llegando incluso a tener pensamientos de muerte e indefensión que están afectando su desarrollo psico-evolutivo, sin que se pueda valorar la disposición futura respecto a posibles síntomas derivados de los estresores vivenciales narrados por los que ha recibido apoyo terapéutico.
Además del cumplimiento de la pena privativa de libertad, el condenado tendrá una medida de libertad vigilada por un tiempo de diez años -una vez extinguida la pena de prisión impuesta- y no podrá aproximarse a menos de 200 metros de a víctima ni comunicarse con ella.
En el apartado de la responsabilidad civil, la Audiencia de Castellón fijó en 25.000 euros la indemnización por los daños y secuelas al afectado.
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