Este es el mejor (y el peor) momento del año para hacer el testamento

Hay varios meses del año en los que es mejor no hacer el testamento. ¡Te explicamos la razón!

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En el marco legal español, el testamento se erige como un documento crucial para la planificación del futuro, donde una persona, conocida como testador, plasma sus deseos y decisiones sobre la distribución de sus bienes y la gestión de asuntos tras su fallecimiento.

Este acto voluntario y meditado, aunque no es una obligación legal, garantiza que los deseos del fallecido se lleven a cabo de manera precisa. La falta de un testamento puede dar lugar a la aplicación de leyes sucesorias predeterminadas, que podrían no reflejar fielmente las verdaderas intenciones del difunto.

Expertos sugieren que, a pesar de que redactar un testamento es un acto que puede llevarse a cabo en cualquier momento, ciertos periodos son más propicios que otros. Se desaconseja especialmente septiembre y enero debido a la saturación de despachos y notarías durante principios de año y el inicio del curso escolar. Por otro lado, agosto se considera inhábil en términos jurídicos.

Aunque no existe un momento ideal para redactar un testamento, es esencial tener claro qué deseas transmitir y cómo. La asesoría de un abogado especializado en derecho de sucesiones puede ser invaluable para orientarte según tu situación personal.

Proceso simple

El procedimiento para otorgar testamento es simple. Basta con acudir a un notario con tu Documento Nacional de Identidad (DNI), exponer tu deseo de otorgar testamento, y el notario redactará el documento, lo leerá y verificará su validez legal.

El testamento, según el artículo 670 del Código Civil, es un acto personalísimo y fundamental en el ámbito legal español. Solo el titular puede llevar a cabo este acto, y su trascendencia es incuestionable. Aunque el costo de redactar un testamento puede variar según la extensión del documento, la notaría seleccionada y si es ológrafo, no suele superar los 100 euros.

El testamento, más allá de ser un acto económico, conlleva una serie de beneficios significativos. Desde la designación de tutores para hijos menores hasta decisiones médicas en caso de incapacidad, pasando por la posibilidad de desheredar a herederos forzosos en circunstancias específicas. Además, es revocable, permitiendo modificaciones según evolucionen las circunstancias del testador.