La introducción de la nueva Ley de Tráfico en 2022 ha marcado un hito significativo en la regulación de la conducción en España. La Dirección General de Tráfico (DGT), bajo la dirección de Pere Navarro, ha emprendido una ambiciosa iniciativa para reducir drásticamente la cifra de accidentes en las carreteras del país. Este enfoque se ha intensificado tras un año 2021 que registró un notable aumento de siniestros fatales, a pesar de que el año anterior estuvo marcado por la pandemia.

Aunque las autopistas y autovías españolas reflejan una tendencia a la mejora en seguridad, con una disminución notoria en las muertes según los datos del último año, aún persisten desafíos, especialmente en lo que respecta a los llamados "puntos muertos", una preocupación destacada para los vehículos pesados.

En el marco de un conjunto de medidas diseñadas para mejorar la seguridad vial y aumentar los ingresos, se ha implementado un endurecimiento de los radares. Este cambio implica la reducción del margen de error otorgado anteriormente para considerar posibles errores de cálculo de los radares o desviaciones en las agujas de los vehículos. Este ajuste ha generado controversias, como se evidencia en el caso de una conductora de Madrid que vio anulada una multa de 300 euros y la pérdida de dos puntos de su permiso de conducir.

La introducción de la nueva Ley de Tráfico en 2022 ha marcado un hito significativo en la regulación de la conducción en España

El radar la detectó a 121 kilómetros por hora en una vía con un límite de 90 kilómetros por hora, superando el máximo permitido en 31 unidades. La normativa europea establece un margen de error mínimo del 7%, y su aplicación habría situado el exceso de velocidad en un nivel de sanción más bajo.

Tabla de las multas por exceso de velocidad según el límite permitido


  • Hasta 20 km/h más: multa 100 €. No resta puntos.
  • De 21 a 30 km/h más: multa 300 €. 2 puntos.
  • De 31 a 40 km/h más: multa 400 €. 4 puntos.
  • De 41 a 50 km/h más: multa 500 €. 6 puntos.

En respuesta a esta situación, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 29 de Madrid anuló la multa, declarándola ilegal y negando a la DGT la posibilidad de reducirla a la sanción mínima de 100 euros.

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Este fallo judicial ha sentado un precedente relevante, cuestionando la estrategia de la DGT y sus medidas más estrictas en materia de velocidad. La anulación total de la multa resalta la importancia de respetar los márgenes de error establecidos por la normativa europea y plantea interrogantes sobre la efectividad y equidad de las políticas de tráfico implementadas por el ente dirigido por Pere Navarro. Este caso se erige como un punto de inflexión que podría influir en futuras decisiones y generar debates en torno a la regulación de la velocidad y su impacto en la seguridad vial.