Restricciones de agua

La vigilancia con drones de piscinas y jardines por la sequía pone en jaque el derecho a la intimidad

Vista aérea de un vecindario de Sant Cugat del Vallès, el municipio catalán con más piscinas.

Vista aérea de un vecindario de Sant Cugat del Vallès, el municipio catalán con más piscinas. / CLAIRE LOUIS

Olga Pereda

Vigilar que los vecinos no llenen piscinas o rieguen sus jardines en pleno escenario de sequía recae sobre el tejado de los ayuntamientos. Los consistorios son quienes deben hacer cumplir las restricciones y, especialmente los que el miércoles entraron en estado de emergencia, ya han criticado a la Generalitat por convertirlos en 'policías del agua' sin dotarlos de recursos. ¿Cómo hacerlo? Algunos municipios, como Begur, vigilan los registros de los contadores. Otros -es el caso de Vilanova i la Geltrú- han reducido la presión del agua por la noche como medida colectiva de ahorro. Y Calafell ha abierto una nueva y polémica vía a la que podrían sumarse nuevos consistorios apremiados por sus nuevas obligaciones: la vigilancia con drones para comprobar que los vecinos cumplen con las medidas antisequía.

La medida de vigilar las casas con dispositivos aéreos ha encendido un acalorado debate social con un alto componente jurídico. Más allá de las opiniones individuales, ¿qué dicen las leyes? La sequía es extrema y todo apunta a que las restricciones irán en aumento, por lo que el contexto arroja un puñado de cuestiones pertinentes. ¿Qué debe prevalecer en este tango entre la privacidad y el interés general? ¿El derecho a la intimidad y la inviolabilidad del domicilio o el interés colectivo? ¿Puede un dron tomar una foto de una casa particular sin el expreso consentimiento de su propietario o una autorización judicial? 

El decreto antisequía -aprobado el pasado marzo en el Parlament-prohíbe llenar las piscinas particulares con agua dulce (hacerlo con agua de mar está permitido). De cara al sofocante verano, muchos hogares con piscina propia han optado por usar productos químicos para limpiar y desinfectar el agua, sin necesidad de vaciarla y llenarla de nuevo.

En Calafell (Baix Penedès) hay unas 2.500 piscinas particulares, una cantidad que, según fuentes del consistorio, resulta "imposible de vigilar por vía terrestre". Según el proyecto municipal, los drones solo volarán de día y, en caso de que la imagen capte a una persona, se eliminarán.

"Existe un derecho fundamental que está por encima de todo y que está recogido en el artículo 18.2 de la Constitución: la inviolabilidad del domicilio"

Daniel Salvador

— abogado penalista del despacho Vosseler

"¿Cómo sabrán esas personas que han sido grabadas y que se han borrado las imágenes? Si no se les notifica y no pueden ejercer sus derechos entiendo que ello afectaría a su intimidad"

Miguel Capuz

— abogado penalista

Daniel Salvador, abogado penalista del despacho Vosseler, recuerda que los ayuntamientos están capacitados para acotar el uso del agua con el objetivo de combatir la sequía. Por ejemplo, restringiendo horarios, realizando recomendaciones a los vecinos o limitando el agua de los servicios públicos (jardines o fuentes). Es lo que ha hecho también el Ayuntamiento de Calafell. Ahora bien, respecto al uso de drones para captar imágenes, ya sea de la piscina o del jardín de una casa particular, el penalista deja claro que existe un "derecho fundamental", recogido en el artículo 18.2 de la Constitución: la inviolabilidad del domicilio. “Ese derecho está por encima de todo”, insiste. El abogado lanza varias preguntas para poner en duda la legalidad del proyecto: "¿Quién maneja ese dron? ¿Cómo se gestionan esa imágenes?"

El dron con el que trabaja el ayuntamiento de Calafell.

El dron con el que trabaja el ayuntamiento de Calafell. / AJUNTAMENT DE CALAFELL

“Si el consistorio usa esas fotos para abrir un expediente sancionador, se ha obtenido una prueba vulnerando un derecho fundamental”, concluye Salvador, tras dejar claro que un tribunal solo admitiría una prueba así si estuviéramos ante un delito flagrante, no de un incumplimento administrativo (como es el caso). “Si solo tienes la sospecha de que se está cometiendo ese delito, necesitas autorización judicial”, concluye Salvador.

“El problema es que la foto tomada por el dron tenga elementos que la vinculan con una persona”

Xavier Arbós

— catedrático de Derecho Constitucional en la UB

Identificación de las personas

Xavier Arbós, catedrático de Derecho Constitucional en la Universitat de Barcelona, opina que otro de los problemas de la norma es si las fotos captadas por el dron permiten identificar a una persona. Algo que, en su opinión, chocaría con el derecho a la intimidad y la propia imagen, especialmente si se hace pública la foto y la correspondiente sanción por llenar la piscina. “Otra cosa es que esa foto no tenga elementos para vincularlo con una persona y llegue la sanción de manera privada”, comenta el profesor universitario, que también recuerda la importancia de que el ayuntamiento tenga la competencia y esté habilitado (o haya habilitado a otro operador) para el uso de drones.

Arbós recuerda que, hace varios años, en Galicia también se generó controversia después de que Hacienda detectara la existencia de más de 7.000 piscinas construidas sin el permiso necesario y que, por lo tanto, eran inexistentes a ojos del fisco. Los técnicos fueron inspeccionando a pie ciudades y pueblos, pero también se utilizaron drones, imágenes por satélite y la herramienta Google maps.

Protección de datos

“Parece evidente que, para supervisar el control de las medidas impuestas contra la sequía, se captarán voluntaria o involuntariamente imágenes de personas que se hallan en sus domicilios, aun cuando el dron se encuentre sobrevolando un espacio exterior. Si dichas imágenes permiten la identificación de personas físicas, será indiscutiblemente de aplicación la normativa de protección de datos y se deberá eliminar cualquier dato que permita identificar a una persona”, explica Miriam Company Marsa, abogada de Molins Defensa Penal. Aun así, a la experta le surgen dudas respecto a cómo afecta la orden municipal al derecho a la intimidad y a la privacidad de las personas. “Se deben ponderar los principios de proporcionalidad y necesidad a fin de valorar la razonabilidad y adecuación del uso de dichos mecanismos”, añade. 

"Estamos ante una medida cuestionable porque se trata de una injerencia en la intimidad de las personas”

Miriam Company Marsa

— abogada de Molins Defensa Penal

En opinión de Company Marsa, estamos delante de una “medida cuestionable” porque “se trata de una injerencia en la intimidad de las personas”. Al igual que los anteriores expertos consultados por EL PERIÓDICO, la abogada concluye: “Si aun tratándose de la persecución de un hecho delictivo no estaríamos ante una cuestión pacífica, poco menos que controvertida será dicha medida en aquellos casos en que el uso de drones tenga como finalidad la persecución de comportamientos sancionables administrativamente”.

Otro abogado penalista, Miguel Capuz, insiste en lo mismo: el problema estará en la manera en la que se respete -o no- la intimidad de las personas que resulten grabadas por los drones en sus piscinas. "¿Cómo sabrán esas personas que han sido grabadas y que, a su vez, se han borrado las imágenes? Si no se les notifica y no pueden ejercer sus derechos entiendo que ello afectaría a su intimidad. Y consecuentemente podrían denunciar", concluye.

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