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La DGT lanza un aviso: debes llevar esta pegatina o te multarán a partir de julio
Para circular por las Zonas de Bajas Emisiones es necesario tener las pegatinas que etiquetan el tipo de vehículo
Todas las ciudades españolas de más de 50.000 habitantes deben implementar Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) como parte de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, que entró en vigor este año. Algunas ciudades, como Madrid, Pontevedra y Barcelona, ya han puesto en marcha sus ZBE, mientras que otras aún están en proceso de implementación.
Las ZBE tienen como objetivo reducir la contaminación y mejorar la calidad del aire en las áreas urbanas. Cada Ayuntamiento tiene la responsabilidad de determinar las restricciones de acceso, circulación y estacionamiento en su respectiva ZBE. Por ejemplo, en Madrid, los vehículos sin etiqueta ambiental y los de etiqueta ambiental A (gasolina anteriores a 2000 y diésel anteriores a 2006) no pueden circular por la vía de circunvalación M-30 ni acceder a su interior.
Pegatinas que debes llevar en el coche
Para clasificar los vehículos según su eficiencia energética, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha creado distintivos ambientales. Estos distintivos se pueden adquirir en redes de talleres autorizados, en la red de talleres de la Confederación Española de Talleres (CETRAA) y en las oficinas de Correos. Aunque no es obligatorio llevar el distintivo en todo el territorio nacional por el momento, se recomienda su uso, ya que eventualmente todas las ciudades de más de 50.000 habitantes estarán sujetas a las ZBE.
En aquellas ciudades donde el distintivo ambiental es obligatorio, no portarlo conlleva una multa de 80 euros. En el caso de Madrid, se recomienda colocar el distintivo en el ángulo inferior derecho del parabrisas delantero.
Los distintivos ambientales de la DGT se dividen en varias categorías:
- Etiqueta ECO: vehículos eléctricos enchufables con autonomía inferior a 40 km, híbridos no enchufables (HEV), vehículos propulsados por gas natural y gas licuado del petróleo (GNC y GNL). También incluye vehículos que cumplan los criterios de la etiqueta C.
- Etiqueta 0 emisiones: vehículos eléctricos de batería (BEV), eléctricos de autonomía extendida (REEV), eléctricos híbridos enchufables (PHEV) con una autonomía de 40 km o vehículos de pila de combustible.
- Etiqueta C (Verde): turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas a partir de enero de 2006 y diésel a partir de septiembre de 2015. También incluye vehículos de más de 8 plazas y vehículos pesados, tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2014.
- Etiqueta B (Amarilla): turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculadas desde enero de 2001 y diésel a partir de 2006. También incluye vehículos de más de 8 plazas y vehículos pesados, tanto de gasolina como diésel, matriculados desde 2006.
Los vehículos que no cumplen los criterios para obtener un distintivo ambiental se consideran de la categoría A.
Es importante que los conductores estén informados sobre las normativas de las ZBE y los distintivos ambientales correspondientes para evitar multas y contribuir a la mejora del medio ambiente en las ciudades españolas.
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