La Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife ha iniciado un expediente sancionador de 33.001 euros contra un local de la avenida de Anaga por la celebración de una fiesta ilegal, incumpliendo las restricciones y medidas impuestas para frenar los contagios por coronavirus Covid 19. Se trata del establecimiento en el que tuvo que intervenir la Policía Local el sábado 17 de abril, en cuyo sótano se encontraban 16 personas, la mayoría jóvenes, consumiendo alcohol, y algunos, también drogas.

Este evento no autorizado fue descubierto, tal y como informó EL DÍA, porque saltó la alarma contra incendios del edificio en el que se estaba celebrando, situado en la avenida Francisco La Roche (avenida de Anaga). Fue la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife la que, a las dos de la madrugada, dio aviso a la Policía Local chicharrera, acudiendo también los Bomberos. Cuando los efectivos de la Unipol llegaron al lugar, se dieron cuenta de que no había ningún incendio, pero sí se escuchaba música que provenía del interior de un local de ocio ubicado en el inmueble.

La fiesta se estaba llevando a cabo en el sótano y en ella participaban 16 personas. La alarma contra incendios saltó porque se estaba fumando en el interior del mismo. Además de numerosas bebidas alcohólicas, también había una mesa de mezclas para DJ y un congelador con comida, la cual se encontraba en un estado “cuestionable”. Los agentes impusieron las correspondientes multas por no usar mascarillas (16), por incumplir el toque de queda (16), por tratarse de una reunión de más de cuatro personas (16), por la organización ilegal de eventos (1), por obstrucción a la labor policial (1) y por tenencias de sustancias estupefacientes (1). Asimismo, la Policía dio traslado de los informes sobre las condiciones del local a las áreas de Sanidad y de Urbanismo del Consistorio chicharrero.

Infracciones muy graves

A raíz de estos informes, la Gerencia Municipal de Urbanismo también ha incoado un expediente sancionador contra este local, denominado, según consta en la resolución, Avenida 49. En concreto, se propone la imposición de una multa de 33.001 euros por la comisión de dos infracciones muy graves y otra grave.

Una de las infracciones “muy graves” cometidas ha consistido en “desarrollar la actividad sin sujeción a las medidas contenidas en el proyecto autorizado o comunicado o a las impuestas por el órgano competente, especialmente las relativas a accesos, salidas de emergencia, extinción de incendios y cualesquiera otras que tiendan a la seguridad en locales destinados a espectáculos públicos, o que comporten grave deterioro del medio ambiente”.

La segunda infracción “muy grave” cometida por parte de este local, según se indica en la resolución de Urbanismo, se refiere al “desarrollo, permisión o tolerancia de espectáculos o actividades en locales cuando se promueva, facilite o consienta el consumo de drogas tóxicas o estupefacientes, sin perjuicio de las responsabilidades penales que de ello puedan derivarse”. Y la infracción “grave” corresponde a “la producción de ruidos y molestias”.

Desde la Gerencia de Urbanismo de Santa Cruz de Tenerife se informa de que los responsables del citado local tienen un plazo de diez días para presentar las alegaciones, documentos o informaciones que estimen convenientes. “En el caso de no efectuar alegaciones en el plazo establecido sobre el contenido de esta resolución, la misma podrá ser considerada propuesta de resolución”.

Asimismo, desde Urbanismo se señala que si los infractores reconocen su responsabilidad y realizan el pago voluntario de la multa en cualquier momento anterior a la resolución, tales acciones implicarán la terminación del procedimiento administrativo y se aplicará una reducción de la sanción del 50%, por lo que tendrían que abonar 15.000 euros.

Revocación de la licencia

El Servicio de Disciplina Urbanística del Ayuntamiento de Santa Cruz ha dado traslado del citado expediente sancionador al Servicio de Licencias, con el objetivo de que “valore proceder a la revocación de la licencia del local, habida cuenta que se está desarrollando la actividad sin sujeción a las medidas contenidas en el proyecto autorizado”. Eso podría suponer el cierre del establecimiento.