El SEPE explica si es posible cobrar el paro con días de vacaciones pendientes

Los beneficiarios deberán tener en cuenta varios plazos

Oficina de Empleo en Santa Cruz de Tenerife.

Oficina de Empleo en Santa Cruz de Tenerife. / Efe

Cuando un trabajador finaliza su contrato laboral, la posibilidad de acceder a prestaciones como el paro se convierte en un recurso crucial.

Sin embargo, existen condiciones específicas que deben cumplirse para beneficiarse de esta ayuda proporcionada por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).

Recientemente, se ha planteado la interrogante de si es posible solicitar el paro después de haber disfrutado de días de vacaciones pendientes.

El SEPE ha emitido clarificaciones importantes al respecto.

Situación legal de desempleo

Oficina del SEPE

Oficina del SEPE / El Día

En primer lugar, es esencial comprender que la solicitud de paro solo puede realizarse una vez que el trabajador se encuentra en "situación legal de desempleo", un requisito fundamental para acceder a esta prestación. En el caso específico de días de vacaciones pendientes, la persona aún no cumple con esta condición, ya que sigue bajo el ámbito de empleo y no se considera legalmente desempleada.

Liquidación y finiquito

La situación legal de desempleo se establece después del periodo de vacaciones que el trabajador no ha disfrutado y que la empresa ha pagado como parte de la liquidación o finiquito. Durante este periodo, la obligación de cotizar a la Seguridad Social persiste.

Una vez concluido el periodo de vacaciones, el trabajador entra en situación legal de desempleo, lo que le otorga el derecho de solicitar la prestación por desempleo. El plazo para presentar la solicitud es dentro de los primeros 15 días hábiles a partir de la finalización del contrato laboral.

Es crucial destacar que el trámite de solicitud puede llevarse a cabo tanto a través de la Sede Electrónica como de manera presencial en las oficinas de prestaciones del SEPE. Además, antes de realizar la solicitud, es necesario darse de alta como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo de la comunidad autónoma correspondiente al beneficiario.

Aunque no es posible solicitar el paro mientras se disfrutan días de vacaciones pendientes, una vez concluido este periodo, los trabajadores tienen un plazo de 15 días hábiles para iniciar el proceso de solicitud de la prestación por desempleo y así asegurar el respaldo necesario en tiempos de transición laboral.