Hacienda reconoce un error: los jubilados cobrarán hasta 4.000 euros más
El Tribunal Supremo acaba de dictar una sentencia que avala la devolución de una parte del IRPF por un fallo de la Agencia Tributaria
La Agencia Tributaria española ha anunciado una corrección en la tributación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de pensionistas que cotizaron a Mutualidades Laborales antes de 1978. Este ajuste se produce en respuesta a una sentencia del Tribunal Supremo emitida en febrero de este año, que establece un cambio significativo en el criterio fiscal de Hacienda y otorga a los mutualistas el derecho a una reducción fiscal.
Según esta sentencia, los pensionistas que cotizaron a la Mutualidad Laboral de Banca tienen derecho a una reducción fiscal del 100% por lo cotizado hasta el 31 de diciembre de 1966 y un 25% por lo cotizado entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978.
Este cambio en la interpretación de la ley se aplica no solo a los trabajadores de la banca, sino también a quienes cotizaron en mutualidades con características similares, como profesionales de la construcción, la siderometalurgia, las eléctricas, la pesca o los astilleros, según destacan expertos de Vento Abogados.
Una cuantía de hasta 4.000 euros
Como resultado, aquellos contribuyentes que reciben pensiones de la Seguridad Social y cotizaron a una Mutualidad Laboral antes de 1978 pueden tener derecho a una devolución del IRPF que podría alcanzar hasta los 4.000 euros en algunos casos. Sin embargo, el monto exacto de la devolución dependerá de la duración de la vida laboral del pensionista y el período durante el cual cotizó a una mutualidad laboral.
Para iniciar el proceso de reclamación, los pensionistas afectados deben solicitar una corrección de la autoliquidación del IRPF de los últimos cuatro años, ya que los años anteriores se consideran prescritos. Además, es esencial proporcionar la documentación adecuada que respalde la reclamación, como un informe completo de la vida laboral, el certificado del importe anual de la pensión recibida, los modelos 100 del IRPF de los años en cuestión, el certificado de la empresa donde trabajaron y los datos bancarios para procesar la devolución.
En el caso de que el pensionista que cotizó a la mutualidad haya fallecido, sus herederos también tienen derecho a solicitar la devolución del IRPF de los ejercicios que aún no hayan prescrito, siempre y cuando no haya transcurrido más de cuatro años desde la fecha de la prescripción. Esta rectificación por parte de la Agencia Tributaria busca corregir una injusticia tributaria y brindar alivio financiero a los pensionistas que han estado contribuyendo a mutualidades laborales antes de 1978.
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