Cuidado con las operaciones bancarias: estos son los pagos de los que informar a Hacienda

La normativa obliga a las entidades a comunicar determinados ingresos

Fachada del edificio del Banco de España situada en la confluencia del Paseo del Prado y la madrileña calle de Alcalá.

Fachada del edificio del Banco de España situada en la confluencia del Paseo del Prado y la madrileña calle de Alcalá. / Eduardo Parra - Europa Press - Archivo

Las operaciones bancarias que se realizan a diario, como transferencias, pagos o ingresos, normalmente quedan limitadas al ámbito de la entidad financiera y sus clientes. Sin embargo, los bancos están obligados a informar a Hacienda cuando detectan movimientos de dinero sospechosos, ya sea por su elevado volumen o inusual frecuencia. Esto se hace con el propósito de combatir ilegalidades como el fraude fiscal o el blanqueo de capitales.

Es importante tener en cuenta que ciertas operaciones bancarias, aunque sean completamente legítimas, pueden hacer saltar las alarmas en el fisco. En este sentido, los bancos comunican a Hacienda el saldo de la cuenta del cliente al final del año, los intereses generados y las inversiones realizadas. Las inversiones pueden incluir desde depósitos hasta fondos de inversión y acciones.

La Ley 7/2012 de 29 de octubre modificó la normativa tributaria en la lucha contra el fraude. Esta nueva regulación obliga a los bancos a comunicar a Hacienda los pagos y cobros en efectivo que superen los 3.000 euros, ya sea en la ventanilla del banco o en uno de sus cajeros.

Contribuyentes esperan su turno para presentar la declaración de la Renta.

Contribuyentes esperan su turno para presentar la declaración de la Renta. / E. D.

Límites

Sin embargo, esta regla no se aplica a las transferencias, ya que no se consideran un ingreso en sentido estricto. Además, las aportaciones monetarias que se realicen de forma muy habitual también pueden llamar la atención de la Agencia Tributaria.

Los bancos también deben informar a Hacienda cuando detecten transacciones que incluyan billetes de 500 euros, independientemente de la cuantía de la transacción. Aunque la emisión de estos billetes haya finalizado, su circulación y uso siguen siendo legales, por lo que no es ilegal disponer de ellos y utilizarlos como forma de pago.

Hacienda también supervisa las operaciones que superen los 10.000 euros, así como los préstamos y créditos de más de 6.000 euros. Todos estos datos proporcionan al fisco información sobre el manejo de dinero de los contribuyentes, lo que se reflejará en sus cuentas fiscales.

Es importante destacar que las comunicaciones de los bancos a Hacienda son independientes de la información sobre las cuentas bancarias que las entidades financieras están obligadas a remitir a Hacienda cada año. Esta información se utiliza para la declaración de la Renta (IRPF) y del Impuesto sobre el Patrimonio.