Adiós al primer presidente de Canarias

Canarias carece de normativa para rendir honores oficiales a sus presidentes fallecidos

La bandera de España ni ondea a media asta ni lleva crespón negro porque el Gobierno no tiene esas competencias

La bandera de España, sin crespón negro, entre las de Canarias y Las Palmas de Gran Canaria.

La bandera de España, sin crespón negro, entre las de Canarias y Las Palmas de Gran Canaria. / Juan Castro

Salvador Lachica

Salvador Lachica

El luto oficial es el signo exterior de pena y duelo que disponen las instituciones para rendir honores a sus fallecidos, independientemente de la causa: desde un expresidente hasta los miles de muertos por la pandemia.

Canarias, pese a convertirse en 2010 en la primera Comunidad Autónoma de toda España con un presidente fallecido, como fue el caso de Adán Martín, carece de una ley o reglamento específico para unificar unas normas de actuación de escenificación del duelo de toda la ciudadanía, representada por el Gobierno, el Parlamento, los cabildos y los 88 ayuntamientos.

No es la única comunidad autónoma, y tampoco el Estado tiene aprobada normativa alguna sobre el luto oficial y su protocolo, como sí tienen Francia o el Reino Unido.

Bandera de Canarias a media asta, pero no la de España

Bandera de Canarias a media asta, pero no la de España / E. D.

Solo Asturias, Cantabria, La Rioja y la ciudad autónoma de Melilla tienen incluidas sus respectivas declaraciones de luto oficial en sus reglamentos de honores y distinciones. En el resto, incluido el Estado, se establece decreto presidencial a decreto presidencial lo que se debe hacer en cada caso. Es decir, se improvisa.

'Banderas de duelo'

Fruto de ello es que el presidente Fernando Clavijo, aunque es constitucionalmente el representante del Estado en el Archipiélago, solo puede decretar sobre lo que tiene competencias: el arriado de bandera a media asta en los edificios oficiales de la Comunidad Autónoma y un crespón negro en las que estén en el interior de los mismos. Ni siquiera el luto autonómico obliga a los cabildos y ayuntamientos a esta plasmación visual del duelo oficial, pero desde Presidencia se coordinó que fuera así.

Es más, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria decretó su propio luto oficial, en base a que Saavedra fue su alcalde, pero el de Santa Cruz de Tenerife no lo ha hecho pese a compartir cocapitalidad en una Comunidad Autónoma de la que el fallecido fue su primer presidente, aunque sí arrió su enseña local.

Junto a las banderas de duelo, la Comunidad Autónoma decidió desplegar efectivos de la Policía Autonómica en el sepelio en las Casas Consistoriales y una formación del cuerpo de seguridad autonómico acompañó al féretro hasta el cementerio. Además, se incluyó el escudo oficial de la Comunidad Autónoma en las esquelas, un detalle que no existió en el fallecimiento de Adán Martín.

Tampoco está oficializado que el Gobierno de Canarias deba hacer un acto de homenaje o cualquier otro memorial dedicado a Saavedra, por lo que esta decisión queda en manos del presidente que, como en todo lo relativo a este luctuoso asunto, lo consultará con la familia, como se hizo también en su momento con el anterior presidente fallecido, siempre dando prioridad a lo que decidan los familiares.

Otro ejemplo de la imprevisión a la hora de rendir honores como consecuencia de no existir una normativa específica es que en 2019, tras la muerte del exvicepresidente, ministro e histórico dirigente del PSOE Alfredo Pérez Rubalcaba, se decretó en todo el Estado un luto por el que ondearon banderas a media asta durante 28 horas. 

En cambio, por Saavedra, que fue ministro en dos ocasiones (1993 y 1995) con Felipe González, el Consejo de Ministros no lo ha hecho y ese es el motivo por el que la enseña nacional no está a media asta en Canarias.

La polémica por los lutos de la covid

También es llamativa la duración del luto oficial. El duelo de más duración en la reciente historia del país fue el de diez días decretado por las víctimas del coronavirus. 

Precisamente, los lutos oficiales por la pandemia causaron un gran revuelo tanto mediático como político, ya que la  declaración de luto nacional fue aprobada el 26 de mayo de 2020 y, anterior a ella, ocho comunidades autónomas decretaron luto oficial en su territorio.  Según certifica Carmen Portugal Bueno, profesora de la Facultad de Derecho de la UNED en su estudio El protocolo del luto oficial: el caso de España por las  víctimas de la Covid-19, el 60% de las comunidades eligieron el decreto como modalidad  para dictar el luto, frente al 18% que eligió el acuerdo y el 12% la resolución. Una diversidad que se extiende al período temporal: cinco comunidades autónomas no fijaron la finalización del mismo; tres lo extendieron «hasta nueva disposición; Cantabria «hasta el fin del estado de alarma» y Castilla y León no hizo referencia alguna a su finalización.

Y es que tampoco hay un baremo oficial al no haber una legislación homologadora. Así, en 2017, se guardaron tres días de luto por los atentados yihadistas de Barcelona y Cambrils (la misma duración que para despedir al primer presidente después del franquismo, Adolfo Suárez o para su sucesor, Leopoldo Calvo Sotelo)  y otros tres para recordar a las 154 víctimas del accidente aéreo de Spanair o por los atentados del 11M. Sin embargo, en el fallecimiento de la madre de Juan Carlos I se decretó una semana de luto.

Toda esta mezcolanza quedaría solventada si Canarias tuviera aprobado un reglamento de honores y distinciones que incluyera las declaraciones oficiales de luto.

Si tomamos como ejemplo Cantabria, esta Comunidad Autónoma recoge la declaración de luto oficial en el artículo 16 de la Ley de Honores, Condecoraciones y Distinciones de 1987, dejando que el Ejecutivo decida su duración «durante los días que estime oportuno»,, pero incluyendo los «supuestos de fallecimiento de personas distinguidas o condecoradas en vida o a título póstumo» o como consecuencia de  «siniestros de los que se deriven consecuencias graves para Cantabria». Este honor, además, se hace extensivo al «fallecimiento de un diputado de la Asamblea Regional o de un miembro del Consejo de Gobierno».

En parecidos términos está redactado el artículo 22 de la Ley reguladora de los honores y distinciones del Principado de Asturias, mientras que La Rioja y Melilla no incluyen a sus representantes en sus parlamentos o miembros de sus respectivos gobiernos.

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