Hasta esta edad los niños NO pueden ir solos al colegio, según la nueva ley
La ley establece una edad legal en la puede hacerse y cuando no y está recogido en artículos del Código Civil y Código Penal
Hoy en día son muchos los padres y madres que trabajan al mismo tiempo, dificultando compaginar su vida laboral con el horario escolar o extraescolar de sus hijos. Aunque muchos progenitores estén deseando que llegue el momento de que sus hijos puedan ir de un lugar a otro solos, lo cierto es que la ley establece una edad legal en la que esto puede hacerse y antes, no estaría permitido.
Según recoge el artículo 229 del Código Penal, hay una penalización recogida: "por parte de la persona encargada de su guarda será castigado con pena de prisión de uno a dos años". Esta pena puede incrementarse, desde los dieciocho meses a tres años de prisión.
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Sin embargo, no hay una edad regulada por ley en la que los niños puedan quedarse solos, pero los especialistas consideran que lo correcto sería entre los 9 y los 12 años.
Recuperando lo que dice la ley, esta vez el Código Civil apunta en su artículo 172 que "la entidad púbica a la que, en el respectivo territorio, esté encomendada la protección de los menores constate que un menor se encuentra en situación de desamparo, tiene por ministerio de la ley la tutela del mismo y deberá adoptar las medidas de protección necesarias para su guarda, poniéndolo en conocimiento del Ministerio Fiscal".
Javier Urra, doctor en Psicología y primer Defensor del Menor de la Comunidad de Madrid, comentó en una entrevista para ABC que los menores no deberían ir solos por la calle antes de los 10 años: "no están preparados para reconocer ciertos riesgos o enfrentarse a una situación en la que un extraño trate de engañarles".
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