Semilibertad
La jueza retira a Bárcenas los fines de semana libres
La magistrada de la Audiencia Nacional ha limitado la flexibilidad fel régimen de semilibertad concedido por Instituciones Penitenciarias al extesorero del PP

El extesorero del PP Luis Bárcenas. / EFE
EFE
El Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional ha limitado la flexibilidad en el régimen de semilibertad concedido al extesorero del PP Luis Bárcenas y, si bien da el visto bueno a que salga a diario para trabajar y acudir a programas de reinserción y voluntariado, rechaza que esas salidas se extiendan a los fines de semana y festivos.
Así lo ha hecho la jueza María Reyes Jimeno al aprobar parcialmente la propuesta del CIS Victoria Kent sobre el modelo de aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que aprobó en diciembre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias para Bárcenas, el mismo del que se beneficiaron en su día los presos del procés o Iñaki Urdangarin y que permite una flexibilización de las medidas de cumplimiento de la pena.
En su auto, al que ha tenido acceso EFE, la magistrada valora "la conveniencia de realización de una actividad productiva con el fin de promover una inserción laboral precursora de la inserción social tras el tiempo pasado en prisión".
"Como señala el Ministerio Fiscal -que se opuso a dicha propuesta-, los hábitos laborales no son un déficit en el caso del interno, pero es indudable que la reincorporación al mundo laboral facilita que continúe haciendo frente al pago de la responsabilidad civil", expone.
Una actividad, dice el auto, que se complementa con las otras "actividades de tratamiento" que "favorecen la reparación social": voluntariado en un comedor social y el programa de reinserción de delincuentes económicos (Pideco), implantado en 2020 y al que también tuvo que someterse Urdangarin para obtener beneficios penitenciarios.
En cambio, añade, "no se justifica" con ese proceso de reinserción, "la concesión de salidas todos los fines de semana y festivos, como tampoco la concesión de 48 días de permiso propios del tercer grado y que, de hecho, suponen un régimen del todo asimilable al tercer grado en régimen abierto, por lo que no procede aprobar este extremo de la propuesta formulada".
De este modo, la juez aprueba "la propuesta en relación a las salidas diarias para el desarrollo del programa específico diseñado (actividad laboral, voluntariado y programa Pideco), con el disfrute de los permisos propios del segundo grado de clasificación en que permanece; es decir, conforme al artículo 154.1 del Reglamento Penitenciario,36 días por año".
Bárcenas, que ha cumplido la mitad de la pena impuesta por el caso Gürtel (fue condenado a 29 años de prisión pero con un cumplimiento máximo de 12), no ha pasado al tercer grado y permanece en el segundo, el ordinario, pero con esas medidas flexibilizadas que permiten salir para trabajar, hacer voluntariado o cuidar a familiares.
Instituciones Penitenciarias le concedió este régimen a propuesta de la Junta de Tratamiento de la prisión de Soto del Real tras disfrutar permisos desde marzo de 2021.
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