El Ayuntamiento de La Laguna otorgará subvenciones de un máximo de 8.000 euros a los propietarios de inmuebles de interés patrimonial para su rehabilitación. Así lo recoge la ordenanza específica para este tipo de ayudas, que fue aprobada definitivamente el miércoles por el Pleno del Ayuntamiento lagunero. Se trata de un acuerdo que salió adelante con el respaldo unánime de todas las organizaciones políticas que cuenta con representación municipal.

Este punto, uno de los pocos de la sesión plenaria que se salieron del monotema del coronavirus, seguía a una tramitación que había llevado a la aprobación inicial del documento en abril de 2019. Su objeto es la "regulación de la concesión de subvenciones por concurrencia competitiva para la finalización de obras de conservación y restauración en inmuebles situados en el Conjunto Histórico del municipio de San Cristóbal de La Laguna y aquellos incluidos en el Catálogo de Protección del vigente Plan General de Ordenación".

¿Qué tipo de trabajos son subvencionables? El texto acordado refiere las obras de conservación y restauración de fachadas y cubiertas, mejora de las condiciones de accesibilidad, renovación de instalaciones eléctricas, fontanería y saneamiento de edificios de titularidad privada situados dentro del ámbito ordenado por el Plan Especial de Protección (PEP) del Conjunto Histórico, así como los situados fuera del referido ámbito del PEP pero que se encuentren incluidos en el catálogo de edificaciones protegidas por su valor patrimonial en el Plan General de Ordenación (PGO) vigente.

"En cuanto al ámbito temporal de aplicación, se podrán acoger a este tipo de subvenciones las obras con solicitud de licencia presentada en la Gerencia Municipal de Urbanismo desde el 1 de enero de cada año y hasta la finalización del plazo establecido en la convocatoria que se realice para estas ayudas", recoge el texto, denominado oficialmente Ordenanza Específica Reguladora de la Concesión de Ayudas a la Rehabilitación de Inmuebles de Interés Patrimonial del municipio de San Cristóbal de La Laguna. De ella se podrán beneficiar "los promotores de la actuación, propietarios de los inmuebles, usufructuarios, arrendatarios autorizados por el propietario, comunidades de propietarios y otras entidades sin personalidad jurídica que ostenten un derecho real sobre el mismo".

El documento fue esbozado durante la sesión plenaria por Santiago Pérez, concejal de Ordenación del Territorio. Su intervención era, en parte, consecuencia del estado de alarma y de un inusual pleno al que solo asistieron presencialmente los portavoces de cada una de las formaciones políticas -en su caso, de Avante La Laguna-. El veterano edil comentó que abordaba la ordenanza en nombre de su compañera de partido Elvira Jorge, concejala de Patrimonio Histórico, y sostuvo que se establece un mecanismo "bastante objetivo". Asimismo, expresó que esta aprobación arranca de una decisión de la anterior corporación.

No más del 70% de la obra

El documento fija que la cuantía máxima de la subvención individual a conceder por este tipo de subvenciones se establecerá específicamente en cada convocatoria. "Sin embargo, en ningún caso podrá sobrepasar el 70% del presupuesto total de la obra a ejecutar", precisa. "Serán gastos subvencionables los estrictamente relacionados con dicha ejecución, tales como materiales, mano de obra?, incluyéndose los honorarios de facultativos y aquellos otros que sean absolutamente necesarios para la realización de las obras". También se señala que solo se concederá una ayuda por solicitante.

Una vez que se publique la correspondiente convocatoria, los interesados tendrán un plazo de 30 días naturales para la presentación de sus solicitudes, que serán baremadas a efecto de concesión y determinación de la cuantía siguiendo cuatro criterios: que el inmuebles cuente con un grado de protección integral o estructural (40 puntos), que tenga un grado de protección ambiental (30), que se encuentre en un entorno de protección de algún monumento con la consideración de Bien de Interés Cultural (20) y que esté ubicado dentro del ámbito ordenado por el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico (10).

Una de las particularidades de la subvención es que, en caso de que los gastos subvencionables superen los 40.000 euros, el beneficiario deberá acredita que ha solicitado al menos tres ofertas de diferentes proveedores con carácter previo a la contratación, y que se ha realizado conforme a los criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria de la elección realizada cuando no recaiga la actuación en la propuesta económica que sea más ventajosa.

La aprobación final de este documento llega en una época en que la conservación del patrimonio local, como ha venido ocurriendo de forma episódica en los últimos años, se ha convertido en objeto de debate. La postura de Santiago Pérez es que "el apoyo al patrimonio requiere de un punto de equilibrio entre conservar lo que debe ser conservado y adaptarlo a las circunstancias de la vida contemporánea", según dijo tras una polémica reciente. "De lo contrario, una actitud ortodoxamente conservacionista acabará con todo el patrimonio en el suelo", añadió en aquella ocasión, al tiempo que se opuso a manifestaciones que contribuyan a crear "un estado de alarma permanente" y defendió que el proceder sea el de velar por la seguridad jurídica.