La Seguridad Social advierte: podrías perder el ingreso mínimo vital para siempre

Si no cumples con estos requisitos o cometes un error, te quitarán el IMV

Podrías perder el ingreso mínimo vital para siempre

Podrías perder el ingreso mínimo vital para siempre

El Ingreso Mínimo Vital ya beneficia a más de dos millones de personas y sirve de ayuda para que muchas familias lleguen a final de mes. Desde que se puso en marcha hace más de dos años, la pensión no contributiva se ha sumado a otros subsidios impulsados por el gobierno para ayudar a los ciudadanos. Sin embargo, mucha gente ha dejado de cobrar paga al mes de recibir el primer ingreso porque han cometido alguno de estos errores.

El IMV no tiene es una cantidad fija, ya que se rige en función de la situación personal de cada implicado. Pueden recibirla desempleados, trabajadores que no llegan a un mínimo de ingresos cada mes y no desempleados que viven de rentas de alquiler. Se comprueba con la declaración de la Renta del último ejercicio económico y el dinero al que tienes derecho será la resta entre los ingresos mensuales y el tope de IMV que podría cobrar en función de su unidad de familiar.

La Seguridad Social ha dado a conocer una lista con ocho fallos que cometen muchos beneficiarios que les ha hecho perder el IMV de un día para otro. Entre ellos se encuentran cosas muy comunes que muchas personas hacen sin saber que no se puede. También debes cumplir unas condiciones específicas para este caso y existe un límite de rentas que se actualiza anualmente conforme a los criterios de la Seguridad Social. Una vez sobrepasado ese tope, ya te puedes olvidar del IMV.

Estos son los motivos

Entre los problemas principales que te quitan el Ingreso Mínimo Vital se dan situaciones como recibir varias pagas que no son compatibles entre sí, vivir en el extranjero o pasar el límite fijado. La Seguridad Social detalla cuáles son los casos para perderlo:

  • Mantener durante un año la suspensión del IMV.
  • Perder de forma definitiva alguna de las obligaciones o requisitos para cobrar el IMV.
  • Renunciar a la prestación.
  • Cuando fallece el titular.
  • Moverse al extranjero por un periodo superior a los 90 días son comunicación previa a la Seguridad Social.
  • Incumplir reiteradamente las condiciones de compatibilidad del IMV con el desarrollo de un trabajo como autónomo o asalariado.
  • Por resoluciones recaídas en un proceso sancionador.
  • Por cualquier otra causa que se determine de forma reglamentaria.

El organismo público deja muy claro cuando podrás mantener el IMV: “se mantendrá mientras subsistan los motivos que dieron lugar a su concesión y se cumplan los requisitos y obligaciones previstos en la normativa legal”. Dejar de cobrar este ingreso es un caso extremo. Para evitar esta situación, antes se hace una suspensión temporal de la ayuda mientras se resuelven los errores. Si esta cancelación llega a un año, se procede a la pérdida definitiva.

Se puede cancelar el ingreso desde el primer día del mes siguiente desde que se detecta el problema. Sin embargo, el implicado puede iniciar los trámites para que se investigue este paro en la retribución. Si se pierde definitivamente, está en el derecho a iniciar un nuevo procedimiento para volver a convertirse en beneficiario.