Hacienda se pone dura: estos son los autónomos que deberán estar alerta

Todos los trabajadores deben estar registrados en la seguridad social

Multa de 3.000 € a los que no estén dados de alta

Multa de 3.000 € a los que no estén dados de alta / EP

Los autónomos deben estar dados de alta en la Seguridad Social para así tener un registro de las personas que están trabajando legalmente y cotizando en la administración. Sin embargo, muchos no lo hacen y no saben que se enfrenta a una multa muy grande.

Estos deben pagar una cuota mensual que varía en función de sus ingresos y de esta manera se justifica que se está trabajando por cuenta propia. Cuando dejan de hacerlo puede significar o que han dejado de hacer sus actividades, o que ya no quieren hacerlo para pagar impuestos. En este caso se estaría cometiendo un fraude de ley, por tanto, la Agencia Tributaria puede iniciar una investigación, y si entiende que hay un delito grave, te costará muy caro.

Hacienda se pronuncia

La Agencia Tributaria lo deja muy claro: “cualquier empleado que desarrolle una actividad laboral lucrativa, de forma habitual y sin contrato de trabajo, se encuentran en la obligación de darse de alta como autónomo, independientemente de su facturación o ingresos”.

Si no se hace esto, nos podrían poner una multa de entre 300 € y 3.000 € dependiendo de la importancia y dinero defraudado. También te pueden poner otra sanción por no pagar la cuota mensual correspondiente, aunque estés dado de alta. Esta penalización es del 20% más la mensualidad que deberías pagar.

La nueva normativa para los autónomos

Hacienda quiere ser más flexible con estos trabajadores para que no estén tan pendiente del pago de los impuestos. Esta nueva ley propone un aumento porcentual de la multa dependiendo del tiempo que pase.

  • Si te has retrasado un mes, te costará un 3% extra.
  • Si son dos meses, aumentará un 5%.
  • A partir de tres meses, el recargo será del 10%.

Si se ha cometido una falta, los autónomos deberán subsanaron rellenando el modelo TC1/31 y presentarlo de forma telemática a través de servicios RED, o bien, de forma presencial en una Administración Pública.