Seguridad Vial
La DGT lo confirma: estos coches pueden circular a 150 km/h
Hay excepciones al límite de velocidad sin ser multado aunque son muy concretas
En el mundo de las normas de circulación vial, no todo es blanco o negro. Si bien es cierto que se establecen reglas para garantizar la seguridad en las carreteras, existen casos particulares en los que las limitaciones de velocidad pueden ser flexibles.
La Dirección General de Tráfico (DGT) se ha esforzado en educar a los conductores sobre la importancia de seguir las normas, pero las estadísticas de accidentes y fallecidos en las carreteras españolas muestran que aún queda mucho por hacer. Sin embargo, hay situaciones en las que superar los límites de velocidad está permitido, aunque bajo circunstancias muy específicas.
En el año 2022, se registraron 1.042 siniestros mortales en las carreteras de España, con 1.145 personas fallecidas y 4.008 heridas graves. Estas cifras, aunque representan un aumento del 4% en los fallecidos con respecto a 2019, también reflejan una disminución del 10% en los heridos graves.
A pesar de los esfuerzos de la DGT, especialmente durante la operación salida, es evidente que aún persisten conductas imprudentes al volante, sobre todo en lo que se refiere a la velocidad a la hora de conducir.
Velocidad
Si bien la DGT promueve el cumplimiento estricto de las normas de circulación, reconoce ciertos casos en los que exceder los límites de velocidad puede ser necesario para fines de prueba y desarrollo de vehículos. Los fabricantes de automóviles, representantes legales, carroceros y laboratorios oficiales pueden obtener autorizaciones especiales para realizar ensayos y estudios extraordinarios, siempre y cuando cumplan con las restricciones establecidas.
Es importante que los conductores comprendan que estas excepciones no se aplican a la circulación general y que es fundamental respetar las normas de velocidad en todo momento. La seguridad vial debe ser una prioridad para todos los usuarios de la carretera, y seguir las reglas establecidas es un deber y una responsabilidad compartida. La educación, la concienciación y el respeto mutuo son elementos clave para reducir los accidentes
Dentro del Reglamento General de Vehículos, la DGT establece ciertos casos en los que exceder los límites de velocidad no es motivo de sanción. Estas excepciones se aplican a los fabricantes de vehículos, quienes requieren poner a prueba sus modelos en situaciones límite para detectar y corregir posibles fallos.
En el artículo 47 del Reglamento, se menciona que los fabricantes, representantes legales, carroceros y laboratorios oficiales pueden obtener autorizaciones especiales para llevar a cabo pruebas e investigaciones extraordinarias.
El artículo establece que estos ensayos pueden llevarse a cabo en autopistas, autovías y otras vías públicas, siempre y cuando se supere la velocidad máxima normalmente autorizada, pero no excediendo los 30 km/h por encima de dicha velocidad. Es importante destacar que estas pruebas solo se pueden realizar con el permiso del órgano competente y bajo condiciones estrictamente controladas.
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