La jueza archiva el proceso a Nacho Vidal por la muerte de un fotógrafo en el ‘rito del sapo bufo’

La togada sostiene que la víctima se sometió a la ceremonia voluntariamente y que antes había consumido también cocaína

Nacho Vidal en una reciente entrevista en La Sexta.

Nacho Vidal en una reciente entrevista en La Sexta.

Un juzgado de Xativa ha archivado el proceso judicial abierto por presunto homicidio imprudente el actor porno Nacho Vidal (su nombre real es Ignacio Jordà González) por la muerte en su vivienda de Enguera (Valencia) del fotógrafo José Luis Abad durante la celebración del 'rito del sapo bufo', ceremonia de origen chamánico en el que se utiliza una sustancia altamente alucinógena (5-metoxi-N) extraída de dicho animal, según el auto al que tenido acceso EL PERIÓDICO.

La jueza Francisca Peris sostiene que Abad fue quien interesó "voluntariamente" someterse a ese rito y acudió al mismo "habiendo consumido previamente cocaína", lo que le produjo una reacción adversa y provocó su fallecimiento. La resolución puede ser recurrida.

El auto recoge la tesis apuntada por el abogado defensor del actor, Daniel Salvador, del despacho Vosseler, en el escrito que presentó hace unos días solicitando el sobreseimiento de la causa y en el que se recogía el informe pericial forense sobre el consumo de cocaína por parte del fotógrafo y la inexistencia de una acción negligente por parte del investigado

La jueza recoge en su resolución la versión de la forense que relató que las sustancias que tomó el fallecido en el rito del 'sapo bufo' son alcaloides y aumentan los efectos cardiovasculares (tensión arterial, frecuencia cardiaca y las arritmias). Y añadió que tales sustancias provocan una "vasoconstruccion" coronaria, por los que "el flujo sanguíneo se compromete, no dilatando la coronaria y no produciéndose la debida irrigación sanguínea muscular".

Vínculo evidente

Esta sustancia altamente alucinógena (5-metoxi-N), incide, "compromete la frecuencia cardiaca", aunque, precisa, es una "sustancia tóxica muy poco estudiada". La forense también puso de manifiesto que se habían encontrado restos de cocaína en el fotógrafo fallecido, una droga que había consumido entre u y cuatro días antes y el mismo día del ritual. Para la togada, la causa de la muerte fie "el consumo conjunto de cocaína" y la sustancia alucinógena, "no pudiendo desvincularse la una y la otra".

En marzo de 2021, la jueza convirtió las diligencias judiciales en lo que en la jerga jurídica se conoce como "procedimiento abreviado" y concluyó las pesquisas. En esa resolución, la togada sostenía que el actor porno podría haber cometido un delito de homicidio imprudente y calificó el ritual al que se sometió el fotógrafo de "irracional, temerario y peligroso", a la vez que destacaba que el investigado actuó "sin ningún tipo de rigurosidad", no anticipándose "a los riesgos que finalmente se produjeron". Sin embargo, meses después, en septiembre, la Audiencia de Valencia revocó esa decisión y ordenó que se completaran las periciales para esclarecer las características del compuesto psicoactivo metilbofotenina, su afectación al organismo humano y cómo se comporta dicha sustancia en atención a la mecánica de la ingesta (inhalación), entre otras cuestiones. Es a partir de ese examen cuando se constató que el fotógrafo había consumido previamente cocaína.

El letrado sostuvo en su petición de archivo que en ese informe ampliatorio se señalan "diferentes concausas para tan fatídico desenlace", por lo que, a su entender, "atribuir única y exclusivamente" al fallecimiento del fotógrafo la inhalación de la sustancia alucinógena "significa no atender en amplitud a todos los factores que incidieron" en ella. Asimismo, subrayaba que "la víctima optó por crear un peligro mucho mayor" que los actos que supuestamente realizó el actor porno. Que la propia víctima pidiera, insistiera y quisiera tomar esta sustancia, sin una especial justificación, provoca que el fatídico resultado no deba ser imputado a Nacho Vidal. Ahora la jueza le ha dado la razón.

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