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Modificación de la ley de seguridad ciudadana | Movilizaciones de los agentes

El ‘desarme’ de los policías

Asociaciones de la Guardia Civil y sindicatos de la Policía Nacional creen que los cambios planteados por los partidos del Gobierno benefician a los delincuentes

Policías nacionales en la Plaza de Weyler. E. D.

Representantes de SUP, UFP y AEGC advierten de que no comunicar a la autoridad una manifestación puede resultar muy peligroso para los propios participantes y los vecinos, así como que resulta «curioso» que los ciudadanos puedan grabar a los agentes y que estos no tengan medios para hacer lo propio a quienes les atacan, lo que pone en riesgo sus vidas y las de sus familias en determinadas zonas conflictivas.

La inmensa mayoría de los sindicatos de los cuerpos de seguridad del Estado, así como de las policías locales, han mostrado su oposición a la modificación a la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana y, de hecho, el próximo miércoles desarrollarán concentraciones ante todas las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno del país para protestar, pues consideran que el cambio anunciado les dejaría sin herramientas clave de intervención, cuestionar su profesionalidad y, además, sin posibilidad de planificar servicios que eviten afecciones graves a quienes toman parte en las concentraciones, al resto de los ciudadanos, a grupos contrarios, así como a los propios agentes.

El portavoz de la Unión Federal de Policía (UFP) en Santa Cruz de Tenerife, Rafael Dios, recuerda que en 1992 se aprobó una primera Ley de Seguridad Ciudadana, cuando el ministro del Interior era José Luis Corcuera y gobernaba el PSOE. De forma coloquial se la llamó De la patada en la puerta. Veintitrés años después, fue el PP quien sacó adelante la actual normativa de Seguridad Ciudadana.

Para Rafael Dios, «todas las enmiendas presentadas por el partido del Gobierno y su socio están encaminadas a permitir, sin control alguno, todo tipo de actos que vayan en contra de la seguridad de los ciudadanos». Y, en la misma línea, estima que tales planteamientos «dificultan la labor de las fuerzas y cuerpos de seguridad, impidiendo en ocasiones la realización eficaz de su cometido y poniendo en entredicho nuestra función como garantes de los derechos y libertades de todos los ciudadanos».

«Las medidas están encaminadas a permitir actos contra la seguridad», indica Rafael Dios (UFP)

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En opinión del portavoz de la UFP, «al permitir manifestaciones sin comunicación previa, limitar el tiempo para la práctica de las identificaciones, permitir grabar y difundir imágenes de policías y sus actuaciones, limitar el uso de medios antidisturbios, quitar la credibilidad a los atestados, rebajar sanciones por consumo de drogas en la vía pública o no facilitar el cacheo de los infractores cuando así esté justiciado supone dificultar la labor policial, hacer que los malos sean los policías y los buenos los que alteran el orden público y la seguridad de todos los vecinos».

Miguel Fruela, secretario de Organización del Sindicato Unificado de Policía (SUP) en Santa Cruz de Tenerife, opina que «habría que eliminar el actual proyecto de modificación o crear uno que sea mejor, ya que este parece que está hecho de una manera muy perjudicial para los agentes y nos pone en grave riesgo».

En declaraciones a la Radio Autonómica, José Cobo, portavoz de la Asociación Española de la Guardia Civil (AEGC), afirmó que «es un sinsentido; aquí sí existe un Comité de Expertos, pero el Gobierno nos tenía que haber pedido opinión a los trabajadores que estamos en la calle, a las fuerzas del orden público, en general».

En cuanto al derecho de reunión y manifestación, UFP explica que se pretende introducir la modificación por la que «las manifestaciones o concentraciones de carácter espontáneo no tendrán que ser comunicacdas previamente». Hasta ahora, todos estos actos de protesta tenían que comunicarse, con lo que las fuerzas y cuerpos de seguridad podían coordinar sus actuaciones para que dichos eventos fueran lo menos perjudiciales posible para los participantes y para el resto. Según el SUP, con los cambios que se quieren aplicar «se pone en grave riesgo a los agentes, a los propios manifestantes si son atacados por grupos contrarios y a los demás ciudadanos». Miguel Fruela manifiesta que, si no se comunica con antelación, se desconocen datos fundamentales, como el recorrido que va a seguir una protesta, los colectivos que van a acudir o si atenta contra las libertades del resto de personas. Aclara el representante del SUP que, con esa información, se planifican y envían los efectivos necesarios, ya que no siempre se puede disponer de todas las unidades para cubrir la seguridad en este tipo de actos, ya que pueden coincidir con otros eventos o servicios. Cobo defiende el derecho a manifestarse por cualquier motivo, pero señala que resulta negativo que en la protesta no haya suficientes agentes que garanticen la seguridad. En esa línea, comenta que si con la actual ley existen, algunas veces, considerables problemas de orden público, con la nueva normativa puede ser mucho peor. Admite que existen muchas manifestaciones donde no hay problema alguno, «pero siempre tenemos que ponernos en lo peor». Como ejemplo, citó que si un grupo de personas corta una carretera, hay que pensar en quienes no pueden llegar a su puesto de trabajo sin que ningún cuerpo de seguridad regule la situación.

Respecto a los atestados policiales, los sindicatos creen que se les quiere quitar la presunción de veracidad, «por lo que cuando un agente sancione a un ciudadano por una infracción prevista en la Ley, dicha actuación queda cuestionada, así como su profesionalidad». Desde el SUP matizan que los policías pierden la presunción de veracidad «si los hechos no resultan coherentes, lógicos y razonables». Para Fruela, «esto es un insulto gratuito a nuestra profesionalidad». «Da la sensación o lo están insinuando de que nuestros atestados no son coherentes ni lógicos», apunta.

Otro de los aspectos polémicos está relacionado con la negativa a identificarse por parte de algunos ciudadanos. Para Rafael Dios, «la identificación de cualquier ciudadano está garantizada en la actualidad en el artículo 16 de esta Ley, y, además, sujeta a la autoridad judicial y el Ministerio Fiscal, por lo que es lo suficientemente garantista como para preservar los derechos constitucionales». El portavoz del SUP señala que el plazo máximo que existe para identificar a una persona que se niega a hacerlo es de seis horas y ahora se pretende reducirlo a dos. Fruela piensa que «eso es inviable y demuestra el desconocimiento de las tareas administrativas y técnicas que conlleva el proceso». Advierte de que, para poder aplicar tal medida, «en todas las comisarías se necesitaría aumentar las plantillas de la Policía Científica y tenerlas operativas las 24 horas». Y existen grupos de esa Brigada que tienen escasos agentes.

«Quitar la presunción de veracidad es un insulto a nuestra profesionalidad», señala Fruela (SUP)

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Los cacheos corporales centran otro de los cambios previstos a la actual Ley de Seguridad Ciudadana del año 2015. Esta acción de los cuerpos de seguridad está regulada y existe un protocolo de aplicación de la Secretaría de Estado de Seguridad, comenta el representante de la UFP. En los citados registros se pretende «la localización de efectos o armas que pueda llevar el sujeto para evitar que cause lesiones o se autolesione», plantea dicho sindicato. El portavoz del SUP comenta que esta labor se desarrolla siempre «fuera de las vistas de terceras personas» y por motivos justificados. En la modificación se plantea que «no se dejará a la vista la totalidad del cuerpo». Fruela explica que «ya existe una instrucción al respecto y la inmensa mayoría se suelen hacer en dependencias policiales». Además, primero se realiza el cacheo en la parte superior del cuerpo y después, en la inferior. Además, hay que dejar constancia de esta acción en el atestado. Para el portavoz del SUP, con la propuesta de cambio «se insinúa que no se seguía la Ley, así como que no se respetaba la indemnidad ni la identidad sexual» de la persona cacheada.

También existe polémica con la utilización de material antidisturbios. La UFP dice que «esta situación no está regulada en esta Ley». Para Rafael Dios, «el uso de la fuerza para el restablecimiento de las alteraciones de orden público es potestad del Estado y está normalizado el uso de los medios coercitivos en protocolos de actuación internos donde se especifica su utilización progresiva, de oportunidad y proporcionalidad». «Como se ha visto en multitud de ocasiones, –apunta Rafael Dios– han sido los agentes los agredidos». Miguel Fruela estima que «la limitación del uso de las pelotas de goma anula la función disuasoria frente a aquellos manifestantes violentos, dejando indefensos a los agentes ante el lanzamiento de piedras, tornillos o vallas, por ejemplo». Según el secretario de Organización del SUP en Santa Cruz de Tenerife, «con un modelo policial de tan pocos efectivos no hay otro medio menos lesivo para mantener a las masas violentas a media distancia».

«Habrá personas que se dediquen a alterar el orden si no tienen ingresos», apunta José Cobo (AEGC)

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La imposición de la cuantía de las multas en función de la capacidad económica de la persona sancionada es otro de los aspectos a introducir. Para la UFP, «a simple vista, esto sería aceptable si se aplica con Justicia”. A juicio de José Cobo, «habrá personas dedicadas a realizar alteraciones del orden», en la medida en que tienen escasos o nulos ingresos económicos, y esa circunstancia será utilizada por determinados organizadores de algaradas.

La tenencia de sustancias estupefacientes pasa de ser una infracción grave a leve. Rafael Dios recuerda que «ahora se sanciona que la tenencia y el consumo se realice en lugares indebidos y que el consumidor lo haga en lugares como puertas de colegios o servicios públicos, por lo que no tiene ningún sentido disminuir su sanción para facilitar el mal uso». Según Miguel Fruela, dicha decisión «puede generar un efecto llamada» al consumo de sustancias estupefacientes.

La grabación de imágenes de los policías no constituirá infracción. En la legislación aplicada hasta ahora se contemplaba la sanción del «uso no autorizado de imágenes o datos personales o profesionales de autoridades o miembros de las fuerzas y cuerpos de seguridad que pueda poner en peligro la seguridad personal o familiar de los agentes, de las instalaciones protegidas o en riesgo el éxito de una operación». Si se aplica el cambio planteado, Rafael Dios señala que «se deja desprotegido al que tiene que proteger a los demás, con lo que se hace, si cabe, más difícil, el cumplimiento del cometido establecido en el artículo 104 de la Constitución, para garantizar el derecho de todos los ciudadanos cumplidores de las normas establecidas». Y, según Fruela, «consideramos curioso, cuando menos, que a la Policía no se le permita grabar, pero sí al contrario, con el peligro de que los agentes y sus familiares sufran las consecuencias» de la difusión de esas imágenes. El portavoz del SUP recuerda que existen lugares donde los policías o sus hijos «están marcados como tales» por parte de algunos colectivos dedicados al crimen organizado o con determinadas ideologías en zonas conflictivas. En la misma línea se expresa José Cobo. El representante de la AEGC aclara que en la Guardia Civil han solicitado en diferentes ocasiones la necesidad de llevar cámaras en sus equipos, pero «no nos dotan» de las mismas. Y Cobo las considera necesarias, puesto que algunas grabaciones que se difunden en redes sociales son «sesgadas», pues se ve lo que hacen los agentes, pero no lo que han hecho antes los detenidos o denunciados. Opina que, con el actual planteamiento «se genera indefensión».

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