La Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Santa Cruz ha ordenado a los propietarios de las parcelas situadas en la calle José Arado y Canal, 11 y 13, trasera a la calle Antonio Ramos González, en el barrio Los Campitos, que procedan a la retirada, de manera inmediata, de la grúa situada en dicha zona, "dado que no consta certificado técnico sobre el mantenimiento de dicha instalación". El Consistorio les ha dado un plazo de diez días para que cumplan dicha orden, para lo que tendrán que ejecutar los trabajos necesarios "bajo la dirección de un técnico competente".

Asimismo, deberán llevar a cabo el cerramiento de todo el perímetro mediante un muro de dos metros de altura, que tendrá que ser de fábrica sólida y "se adecuará a la estética de su entorno", según se indica en la resolución de Urbanismo, a la que ha tenido acceso EL DÍA. En esta se advierte a los dueños de las parcelas que en ningún caso se permitirá el remate de cerramientos con elementos que puedan causar lesiones a personas y animales. Deberán instalar una puerta para realizar de forma periódica trabajos de limpieza del interior y trabajos de retirada de escombros a vertedero autorizado.

Urbanismo también les exige que lleven a cabo labores de mantenimiento del viario público afectado por la instalación de la grúa, "debiendo contar con la autorización oportuna". Se les informa de que tendrán que presentar el Certificado de Idoneidad de los trabajos realizados en la Gerencia Municipal de Urbanismo, cuya sede se encuentra en la avenida Tres de Mayo.

El Ayuntamiento les recuerda que si no atienden este requerimiento, la Gerencia de Urbanismo podrá proceder a actuar "en ejecución subsidiaria", previa liquidación de los gastos que se generen, que se requerirán a los propietarios de los terrenos, "sin perjuicio de la tasación contradictoria y recursos que pudieran interponerse". A tales efectos, se determinará como liquidación provisional la cantidad de 7.600 euros.

También se les advierte de que se podrán adoptar las medidas cautelares y de ejecución forzosa que procedan, e imponer hasta diez multas coercitivas con perioricidad mínima mensual, por valor máximo, cada una de ellas, del 10% del coste estimado de las obras ordenadas.