La Justicia admite la entrada de la mujer en la Esclavitud del Cristo de La Laguna. Así lo recoge la sentencia del procedimiento judicial iniciado por María Teresita Laborda por la exclusión de las féminas en este colectivo religioso, que fue notificada ayer a las partes. Esto supone que, salvo recurso y posterior pronunciamiento judicial en otro sentido, la mujer podrá integrarse en esta hermandad.

Laborda explicó este miércoles que el escrito estima íntegramente la demanda por vulneración de los derechos fundamentales de igualdad, a no ser discriminado por razón de sexo y a las asociaciones, "declarando nulo el artículo uno de los estatutos en la parte que excluye a las mujeres como aspirantes a ser miembros de dicha asociación".

"Después de tantos años de lucha, la recompensa es importante", expresó tras conocer el fallo judicial. "Lo que ocurre es que nos encontramos en un momento tan malo de pandemia que estamos todos angustiados por las otras situaciones", precisó. "Estamos muy contentas por lo que ha salido, porque nos han reconocido después de 20 años lo que pedíamos", manifestó.

Se trata de una sentencia en primera instancia y que, por tanto, podría ser recurrida por la Esclavitud del Cristo, cuyo máximo responsable, Francisco Doblas González de Aledo, señaló en la tarde de ayer que se encontraba a la espera de leer el documento.

Esta determinación llega en el marco de una demanda interpuesta por Laborda tras años de intentar su objetivo con reiterados escritos, así como con denuncias públicas en los medios de comunicación. La vista se celebró el pasado mes de enero, y en ella la Fiscalía sostuvo que se producía una vulneración del derecho fundamental de igualdad. Concretamente, el representante del Ministerio Fiscal defendió que ese derecho, recogido en el artículo 14 de la Constitución Española, tiene una "protección reforzada", "carácter transversal" y "está por encima" de la "autoorganización" a la que aludió en varias ocasiones el abogado de la Esclavitud del Cristo, Adasat Afonso.

Como se recordará, la letrada de Laborda -Andrea Cáceres- articuló sus planteamientos sobre la discriminación femenina y el incumplimiento de los derechos de igualdad y asociación consagrados en los artículos 14 y 22 de la Constitución, mientras que el abogado de la cofradía insistió en la autonomía de las organizaciones religiosas.

Más en detalle, Cáceres mantuvo durante el juicio que el "único argumento" de la Esclavitud es la "costumbre" y que "queda acreditada una discriminación a la mujer". "Los estatutos son aplicables siempre que no sean contrarios a la ley", apuntó la letrada, antes de lamentar que ha habido una "conducta negativa" de esta organización religiosa.

También en sede judicial, Afonso, que solicitó la desestimación íntegra de la demanda, rechazó que hubiese un primigenio carácter mixto de la hermandad. A continuación, calificó de "acontecimiento histórico" la votación que el colectivo celebró el pasado 19 de diciembre, en la que fue rechazada la entrada de las mujeres, y en el marco de un proceso "en marcha desde 2017". Y añadió: "Es a la Junta General [de la Esclavitud], y solo a la Junta General, a la que le corresponde tomar estas decisiones".

No solo la Esclavitud del Cristo de La Laguna estaba demandada, sino también el Obispado de Tenerife. No obstante, esta institución eclesiástica decidió optar por la figura procesal del allanamiento, que supone que el demandando da su conformidad a los pedimentos de la demanda, en este caso la entrada femenina en esta hermandad lagunera.