La Audiencia Provincial absuelve al exalcalde de La Laguna José Alberto Díaz de una demanda interpuesta por el ahora concejal de Urbanismo, Santiago Pérez, quien lo denunció a él y a un medio de comunicación radiofónico el pasado año por la difusión de una noticia relacionada con el caso Grúas. La titular del Juzgado de Primera Instancia Número 5 de La Laguna ya había desestimado a comienzos de año la reclamación de Pérez, quien no obstante presentó un recurso de apelación ante la sección tercera de la Audiencia Provincial, que la admite ahora pero solo en parte.

De este modo, se estima en parte el recurso de apelación presentado por Pérez y se confirma su derecho a la publicación de la rectificación solicitada, aunque con algunas correcciones efectuadas, excluyendo los términos valorativos incluidos en el texto propuesto por el demandante. Además, este escrito únicamente tendrá que ser publicado en la página web del medio radiofónico pero no en los boletines informativos, ni tendrá que ser reproducido por el otro demandado José Alberto Díaz.

Así, la sentencia desestima la demanda contra Díaz puesto que sostiene que la legislación indica que la responsabilidad de la noticia publicada la tienen "cualquier medio de comunicación social" y el "director de dicho medio" como generador de la noticia, por lo que esta normativa no puede aplicarse a las personas que, haciendo referencia a la comunicación, la compartan en sus perfiles de las redes sociales. Además, la sentencia añade que "el demandado carece de la posibilidad de rectificar el contenido de la información y únicamente puede, como efectivamente hizo, borrar el enlace de su propia página".

Esta demanda surge después de que el 31 de agosto de 2018, a través de la página web y los boletines informativos del medio radiofónico canario, se difundiera una información titulada "Santiago Pérez votó a favor del préstamo de la empresa Grúas Poli". José Alberto Díaz difundió a través de su página de Facebook esta noticia, en la que se relataban unos hechos que Santiago Pérez consideraba que no eran veraces, por lo que solicitó que fueran rectificados mediante la publicación de un texto que remitió a los demandados.

En este sentido, el 6 de septiembre, José Alberto Díaz recibió un escrito para rectificar y al día siguiente introdujo en la red social la modificación. De hecho, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia Número 5 de La Laguna ya recogía que el entonces alcalde había "actuado de buena fe y atendiendo al requerimiento". A pesar de que aquella sentencia no incluía la necesidad de rectificación, este recurso de apelación sí lo contempla en parte.