El SEPE opina esto de tus hijos: "No son justificación para..."

Adiós a esta ayuda del SEPE: lo acaba de confirmar

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La Seguridad Social manda un aviso: enviará una carta a todos los afiliados en junio

La paga del paro es fundamental para la subsistencia de muchas familias, ya que es su única fuente de ingresos. Una vez que el solicitante haya perdido su empleo de manera involuntaria podrá pedirlo.

Para acceder a este subsidio deberá cumplir una serie de requisitos mínimos y los tiene que mantener durante todo el tiempo que esté sin trabajar. Hay muchos parados que aprovechan este tiempo para dedicarlo al cuidado de la familia, y en el caso de que los tengan, sus hijos. Sin embargo, esta no es excusa para el SEPE que te podría quitar el paro si no aceptas un trabajo.

Tendrás que elegir entre un suelto o cuidar a tus hijos

El SEPE considera que "tener hijos o hijas menores no es justificación para rechazar ofertas de empleo o cursos de formación". Ellos no son ningún impedimento para que debas aceptar un empleo acorde a tu formación y cualidades. La única excepción para quedarte en casa es que tengan alguna dependencia justificada y no puedan valerse por sí mismos.

¿Qué pasa si decido quedarme cuidándolos?

En estos casos el SEPE es muy claro. No cumplir con las obligaciones y condiciones del servicio de empleo supondrá la cancelación total o parcial del paro de forma temporal definitiva. Todo dependerá del tipo de sanción:

  • Leve: no renovar la demanda de empleo o no comparecer en el SEPE cuando es requerido, supondrá la cancelación del paro durante un mes.
  • Grave: aquí se incluye el caso anterior. Rechazar o abandonar sin causa justificada una oferta o formación te dejará si cobrar el paro durante tres peses.
  • Muy grave: Si repites lo anterior o falseas datos para obtener la prestación, la perderás definitivamente.

El SEPE solo tiene en cuenta como carga familiar en el caso de matrimonio, siempre que sea menor de 26 años o mayor con discapacidad o menor de 18 años en acogimiento, que no tenga rentas superiores al 75% del salario mínimo interprofesional y que dependa económicamente de la unidad familiar. 

Si no tienes a nadie que esté dentro de estos apartados, deberás dejarlo y acudir a tu nuevo empleo.