AGENCIA TRIBUTARIA

Deudas con la Agencia Tributaria: esto sucederá si no pagas cuando es debido

Las deudas con Hacienda se podrán fraccionar siempre que el organismo examine la falta de liquidez

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Con la llegada del verano, también se acerca el plazo límite para presentar la Declaración de la Renta en España. Este año, todos los contribuyentes que hayan obtenido ingresos superiores a 22.000 euros de un solo pagador tienen la obligación de rendir cuentas con Hacienda. El plazo finaliza en tan solo dos días para todas las modalidades.

El proceso de presentar la declaración puede ser temido por muchos, a pesar de que aproximadamente el 70% de las declaraciones de los ciudadanos españoles tienen resultado negativo, es decir, salen a devolver. Sin embargo, existen casos en los que los contribuyentes tienen deudas pendientes con Hacienda. En estos casos, es el propio contribuyente quien debe abonar la cantidad de dinero reflejada en la declaración.

Este escenario suele darse cuando durante el ejercicio fiscal en cuestión, en este caso el 2022, las retenciones han sido insuficientes, es decir, menores de lo que deberían haber sido. En consecuencia, se debe realizar un pago adicional. Pero, ¿qué sucede si no se cuenta con el dinero necesario para cumplir con la obligación?

No puedo pagar a Hacienda

Ante esta situación, es importante tener en cuenta varias opciones disponibles. En primer lugar, se puede optar por abonar la cantidad requerida de inmediato, una vez presentada la Declaración de la Renta. También existe la posibilidad de realizar el pago de forma fraccionada, dividiéndolo en plazos. En casos más extremos, se puede solicitar un aplazamiento de pago.

Según el Ministerio de Hacienda y Función Pública, "las deudas, tanto en periodo voluntario como ejecutivo, podrán aplazarse o fraccionarse en los términos que se fijen reglamentariamente, previa solicitud del obligado tributario, cuando su situación económico-financiera le impida, de forma transitoria, efectuar el pago en los plazos establecidos".

En el caso de optar por el fraccionamiento de pago, cuando la cantidad es considerable, la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) exige un primer pago del 60% del importe al momento de presentar la declaración, y el segundo pago del 40% se realiza en los meses siguientes.

La otra alternativa es solicitar un aplazamiento de pago, que consiste en retrasar el plazo para abonar la deuda. Sin embargo, para acceder a esta opción, a veces se requiere justificar los motivos ante la AEAT. En este caso, además de cumplir con los plazos, se deben tener en cuenta los siguientes requisitos: no tener notificaciones pendientes, estar al corriente de pagos con Hacienda y ser titular de la cuenta o tarjeta en la que se realizará el cargo.

En ambas situaciones, la Agencia Tributaria examinará la falta de liquidez y la capacidad para generar recursos, evaluará las garantías presentadas (o la solicitud de dispensa de garantía) y verificará las condiciones necesarias para obtenerlas.