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Declaración de la Renta: estos son los pensionistas que no tienen que echarla

La campaña de la declaración de la Renta 2023 comienza el próximo 11 de abril

La Campaña de la Renta 2023 se pondrá en marcha el próximo martes, 11 de abril.

La Campaña de la Renta 2023 se pondrá en marcha el próximo martes, 11 de abril. / Agencia Tributaria

Las pensiones que se cobran de la Seguridad Social están tipificadas como rendimientos del trabajo en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Por eso, a la hora de hacer la declaración de la renta, las personas que reciben un ingreso mensual, ya sea en concepto de pensión contributiva o no contributiva, tienen que dar parte a Hacienda si cumplen ciertos requisitos.

El artículo 17 de la ley sobre el IRPF es el que regula todo lo relativo a este impuesto a la declaración de la Renta, cuya campaña comienza el próximo 11 de marzo en su modelo telemático de presentaciónSegún este precepto, "tendrán consideración de rendimientos del trabajo las pensiones y haberes pasivos percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y clases pasivas y demás presentaciones públicas por situaciones de incapacidad, jubilación, accidente, enfermedad, viudedad o similares".

¿Quién tiene que presentar la declaración de la Renta?

Todos los ciudadanos españoles en activo tienen la obligación de presentar la declaración de la Renta, siempre y cuando superen la cantidad de ingresos mínima fijada por la legislación en materia de impuestos. Hasta este año, tienen que presentar el IRPF ante Hacienda todos aquellos contribuyentes que hayan ingresado más de 22.000€ anuales en caso de que solo tengan un pagador, o aquellos que han pasado los 15.000€ en caso de que hayan tenido dos pagadores (es decir, que hayan estado contratados por dos o más empresas durante el ejercicio fiscal).

¿Qué pensiones están exentas de tributar en el IRPF?

El mínimo anual de ingresos es la principal condición económica para presentar o no la declaración de la Renta pero, además, también han ciertas subvenciones que también están exentas de tributación y están recogidas en el artículo número 7 de la ley que regula el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Las pensiones exentas son aquellas contributivas de incapacidad permanente, las pensiones de inutilidad o incapacidad permanente, las pensiones por actos de terrorismo, las pensiones reconocidas como consecuencia de la Guerra Civil y las pensiones de orfandad por nietos y hermanos.