Tampoco compró votos en las elecciones de 2015

La Fiscalía archivó otra denuncia, interpuesta por Eloy Cuadra y Francisco Javier Hernández -concejal de IUC, este- por "la posible comisión de un delito de falsedad documental y compra de votos supuestamente por el alcalde de Arafo", José Juan Lemes, en 2015. De la investigación, el fiscal José Ramón Jurado desprende que, entre los votantes afectados, hubo falsedad testimonial, interpretación de las palabras del político e incluso quien introdujo el tema de la ayuda mientras el político le pedía el voto en el marco de la campaña electoral.

El fiscal rechaza el caso de una mujer que aseguró haber recibido la visita de Lemes sugiriéndole que se empadronara en Arafo para cobrar ayudas dos meses antes de las elecciones. El fiscal considera probado que es falso puesto que lo único demostrable, el alta censal, data de cinco meses antes (pero siguió residiendo en Santa cruz), que no consta ni entrega ni denegación de subvención y que la petición de ayuda fue planteada tras los comicios.

Respecto a otros testimonios que avalaron la denuncia, el fiscal aclara que percibieron ayudas "a las que tenían derecho" pero "antes de las elecciones" y que en campaña les dicen "que no olviden quién se las concedió". Los testigos afirmaron "tajantemente" que "nunca se vincularon expresamente tales ayudas al sentido del voto (salvo el caso anterior)". Para el fiscal, "los indicios hacen pensar que no existía esa intención de prometer ayudas a cambio de votos. No se realiza actuación alguna no ya para asegurar, sino ni siquiera para constatar el sentido del voto. Las ayudas se conceden antes de las elecciones a gente que, probablemente, no fuera a votar al partido gobernante", apostillando que "dos de los testigos son parte integrante de una asociación que, según afirman, están claramente enemistadas con el ayuntamiento".

Francisco Tuero González, juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Güímar, emitió un auto procediendo al sobreseimiento provisional y el archivo de la denuncia presentada por el concejal de IUC, Francisco Javier Hernández, por supuestas irregularidades en la contratación de suministros, servicios y personal del Ayuntamiento de Arafo e incluir gratificaciones improcedentes en nóminas. Su señoría concluye que "de las amplias diligencias administrativas practicadas no se desprenden bastantes indicios acerca de la perpetración de infracción penal alguna, deduciéndose eventuales irregularidades administrativas".

La Fiscalía recibió la denuncia del edil de IUC el 13 de junio de 2016 y trasladó al Juzgado de Güímar las diligencias preliminares de investigación penal el 27 de marzo de 2017. En las mismas, acusaba al hoy alcalde en funciones, José Juan Lemes, y a su antecesor, Domingo Calzadilla, de un presunto delito de prevaricación administrativa.

En el auto, de 37 páginas, se analiza pormenorizadamente la existencia de informes desfavorables, reparos de Intervención y advertencias de la Secretaría y se tiene en cuenta que el gobierno municipal adoptó las medidas necesarias para corregir situaciones objeto de la denuncia en todas y cada una de las materias, para darles cobertura legal.

Siempre aclarando que se trata de cuestiones administrativas, la sentencia aclara que de los hechos "no se desprenden indicios de una voluntad consciente y deliberada en los investigados de infringir, de forma obstinada, objetiva y flagrante las normas administrativas aplicables eligiendo arbitrariamente a determinados contratistas en defecto de otros y con desatención a los intereses generales, ni resulta indicio alguno de un particular interés por parte de los alcaldes en las adjudicaciones objeto de investigación, ni se desprenden perjuicios para la Corporación municipal o para un tercero".

El juez procedió al sobreseimiento provisional y el archivo de la causa tras investigar los pagos -a la única ferretería local, por alumbrado y por los servicios médicos de la Residencia de Mayores María Auxiliadora- por importes muy superiores a lo establecido sin pasar por concurso; el abono de gratificaciones y horas extraordinarias al personal prolongadamente sin cotizar a la Seguridad Social, así como la contratación de asistencias técnicas en Prensa y la Oficina Técnica. Todo ello solventado, a juicio del juez, mediante la aplicación de las medidas reglamentarias y el Plan de Ajuste, entre otras cuestiones.

El alcalde, José Juan Lemes, declinó pronunciarse sobre esta decisión judicial (recurrida en instancia superior) sobre una denuncia de la que la Fiscalía excluyó una parte al trasladarla al juzgado, la referida a los pagos de consumos de energía eléctrica y combustible, tras deducir la voluntad de cumplir la legalidad.