La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de Las Palmas condenó a un hombre, C.I.D.S., agente de Movilidad del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria -en condición de funcionario- a dos años, tres meses y un día de prisión por un delito de cohecho continuado con atenuantes, así como se le inhabilita para ejercer de agente de movilidad o funcionario de Policía Local o cualquier empleo o cargo público relacionado con la seguridad vial durante cinco años por el cobro de dinero para no poner multas de tráfico.

De todos modos, se acordó la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad durante cuatro años condicionada a aportar en dos meses la certificación de sometimiento a tratamiento de rehabilitación, la no comisión de nuevos delitos durante cuatro años y no abandonar la rehabilitación hasta la finalización de la misma. La sentencia recoge como aprobado que obtuvo un beneficio patrimonial ilícito.