Tras el Consejo de Gobierno de Canarias extraordinario de este lunes, 10 de mayo, Julio Pérez, portavoz regional, dio a conocer que desde esta misma jornada queda sin efecto la limitación a la libre circulación, o toque de queda. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias emitió un auto este domingo que ratificó 24 horas después, respuesta que anula la potestad del Ejecutivo autonómico para mantener la citada medida, así como también la posibilidad de establecer cierres perimetrales en islas con nivel de alerta 3 y 4; y limitar las actividades de culto en el exterior.

Después de 156 días, los ciudadanos de todas las Islas Canarias volverán a tener plena libertad de circulación. Así lo ha notificado el Gobierno autonómico que, tras no obtener el visto bueno del TSJC para prolongar esta medida más allá de este 10 de mayo, un día después de que decayera el estado de alarma en un país que llevaba sujeto a él desde el 14 de marzo de 2020.

El Ejecutivo regional no considera recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias; no obstante, sí que formulará en los próximos días un recurso que presentará ante el Supremo.

El resto de restricciones aplicadas por el Gobierno de Canarias en pos de minimizar los contagios de la Covid-19, seguirán en vigor. Así, el uso obligatorio de mascarilla; distancia interpersonal; número en grupos de personas no convivientes; limitaciones en la práctica deportiva; y aforos, entre otras, se seguirán aplicando como hasta ahora.

De igual modo, los horarios de cierre de hostelería y restauración permanecen igual; en Tenerife, los locales tienen que dejar de prestar servicio a las 23:00. Los locales de ocio nocturno siguen cerrados.

Guía rápida de medidas para nivel de alerta 1 (La Palma, La Gomera y Fuerteventura)

Vida social. El máximo de personas que pueden reunirse tanto en espacios públicos como privados -salvo convivientes- es de 10. Como en el resto de niveles, la obligatoriedad de distancia de seguridad interpersonal es de 1,5 metros en la vía pública y el uso de la mascarilla.

Toque de queda. No hay.

Restauración. Terrazas al aire libre al 75% de capacidad, con seis comensales máximo por mesa. En el interior de bares y restaurantes, 50% de aforo y cuatro comensales por mesa. Se autoriza el consumo en barra en grupos de dos personas máximo y espacios señalizados. Bufé y autoservicio sólo se permite al aire libre. El establecimiento y el servicio de recogida en el propio local, debe cerrar antes de las 23.00 horas. En los establecimientos turísticos de alojamiento se mantienen las mismas normas que en restauración, pero se permite el bufé asistido en el interior y en el exterior.

Parques. Se permite la apertura de los parques infantiles y el uso de mobiliario urbano infantil y deportivo, siempre que se respeten las medidas de prevención, limpieza y desinfección.

Deporte y actividad física. En el nivel 2 se eleva al 75% el aforo en instalaciones al aire libre de centros deportivos; y en actividades colectivas en las que no sea posible mantener la distancia de 2 metros permanentemente, se permiten grupos de 6 personas como máximo incluido el monitor, con uso de mascarilla obligatorio. Se deberá garantizar la distancia de seguridad de 2 metros entre los distintos grupos en todo momento. En el interior de gimnasios y centros deportivos aumenta de 35 al 50% el aforo permitido. En las modalidades deportivas federadas que requieren un número superior a 10 participantes para el desarrollo de competiciones (por ejemplo, el fútbol), se permite en el nivel 2, superar este número hasta el máximo; y vuelven permitirse las competiciones deportivas federadas salvo aquellas modalidades que requieren contacto físico interpersonal continuado con el adversario. El uso de la mascarilla es obligatorio salvo en aquellas individuales al aire libre y en las que pueda mantenerse la distancia de 2 metros permanentemente con otros participantes.

Religión. En los lugares de culto religioso y en los velatorios y entierros se eleva el aforo al 50%. El resto sigue igual, 20 personas aire libre, 10 en interior y máximo de 25 personas en comitiva entierro y ceremonias de despedida del fallecido, y 5 en incineración. Se permiten las actividades de culto en exterior.

Ámbito laboral. 50% de aforo en espacios comunes: aseos, office, salas de reuniones o entrada.

Cultura. En cines, teatros, auditorios y espacios culturales estables, podrá acomodarse al público por grupos de convivencia estable de hasta 6 personas. En museos, salas de exposiciones, bibliotecas y otros centros culturales, el aforo permitido será del 50% y grupos máximos de 6 personas.

Playas. Se podrán reunir hasta 6 personas.

Cierre perimetral. No hay.

Guía rápida de medidas para nivel de alerta 2 (Tenerife, Gran Canaria, Lanzarote y El Hierro)

Vida social. El máximo de personas que pueden reunirse tanto en espacios públicos como privados -salvo convivientes- es de 6. Como en el resto de niveles, la obligatoriedad de distancia de seguridad interpersonal es de 1,5 metros en la vía pública y el uso de la mascarilla.

Toque de queda. No hay.

Restauración. Terrazas al aire libre al 100% de capacidad, con 10 comensales máximo por mesa. En el interior de bares y restaurantes, 75% de aforo y seis comensales por mesa. Se autoriza el consumo en barra en grupos de cuatro personas máximo y espacios señalizados. El establecimiento y el servicio de recogida en el propio local, debe cerrar antes de las 23.00 horas. En los establecimientos turísticos de alojamiento se mantienen las mismas normas que en restauración, pero se permite el bufé asistido en el interior y en el exterior.

Parques. Se permite la apertura de los parques infantiles y el uso de mobiliario urbano infantil y deportivo, siempre que se respeten las medidas de prevención, limpieza y desinfección.

Deporte y actividad física. En el nivel 1 se mantiene al 100% el aforo en cada estancia; y en actividades colectivas en las que no sea posible mantener la distancia de 2 metros permanentemente, se permiten grupos de 10 personas como máximo incluido el monitor, con uso de mascarilla obligatorio. Se deberá garantizar la distancia de seguridad de 2 metros entre los distintos grupos en todo momento. En las modalidades deportivas federadas que requieren un número superior a 10 participantes para el desarrollo de competiciones (por ejemplo, el fútbol), se permite en el nivel 1, superar este número hasta el máximo. El uso de la mascarilla es obligatorio salvo en aquellas individuales al aire libre y en las que pueda mantenerse la distancia de 2 metros permanentemente con otros participantes.

Playas. Se podrán reunir hasta 10 personas.

Cierre perimetral. No hay.